Sentencia nº Rol 2114 de Tribunal Constitucional, 16 de Octubre de 2012 - Jurisprudencia - VLEX 403294670

Sentencia nº Rol 2114 de Tribunal Constitucional, 16 de Octubre de 2012

Fecha16 Octubre 2012
MateriaDerecho Laboral y Seguridad Social,Derecho Constitucional

Santiago, dieciséis de octubre de dos mil doce.

VISTOS:

Con fecha 24 de octubre de 2011, en autos Rol Nº 2114, J.L.M.B., Presidente del Sindicato de Trabajadores de Empresa Buses Ahumada, ha solicitado la declaración de inaplicabilidad por inconstitucionalidad del inciso primero del artículo 25 del Código del Trabajo.

El precepto cuya aplicación se impugna dispone:

La jornada ordinaria de trabajo del personal de choferes y auxiliares de la locomoción colectiva interurbana, de servicios interurbanos de transporte de pasajeros y del que se desempeñe a bordo de ferrocarriles, será de ciento ochenta horas mensuales. En el caso de los choferes y auxiliares de la locomoción colectiva interurbana y de los servicios interurbanos de transporte de pasajeros, el tiempo de los descansos bordo o en tierra y de las esperas que les corresponda cumplir entre turnos laborales sin realizar labor, no será imputable a la jornada y su retribución o compensación se ajustará al acuerdo de las partes.

.

La gestión judicial invocada es un proceso laboral ordinario, en actual tramitación ante el Segundo Juzgado de Letras de Los Andes, en el cual se demanda de cobro de remuneraciones por 46 trabajadores, por conceptos de días de descanso, días libres trabajados que no han sido compensados, horas extraordinarias y semana corrida, juicio en el que se encuentra pendiente la dictación de la sentencia definitiva.

La parte requirente expone que el precepto impugnado es similar al del artículo 26 bis del mismo Código, que fue declarado inaplicable por este Tribunal en su sentencia Rol Nº 1852-10, de 26 de julio de 2011. Agrega que la diferencia entre el transporte rural y el interurbano no es relevante para este caso, pues los recorridos de B. Ahumada, casi en su totalidad, no superan los 200 kilómetros de distancia, por lo que en realidad son de transporte rural.

Expresa que la aplicación de la preceptiva impugnada vulnera la garantía constitucional de la libertad de trabajo, contenida en el numeral 16º del artículo 19 de la Carta Fundamental, que protege el trabajo en atención a la dignidad del trabajador e impide que el legislador exonere al empleador de la obligación de remunerar el tiempo que a él dediquen los trabajadores.

Estima además que el precepto impugnado vulnera el artículo 24 de la Declaración Universal de Derechos Humanos y el artículo 7º del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, en lo relativo al derecho al salario equitativo, al descanso y a la limitación razonable de la jornada de trabajo, además de la normativa de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) sobre la materia.

Señala que el acuerdo de las partes es impuesto por el empleador a su arbitrio al escriturar el contrato, en un momento de absoluta desigualdad de las partes. Agrega que los trabajadores desempeñan labores entre 12 y 14 horas diarias, lo que además atenta en contra de una política de pleno empleo.

Manifiesta asimismo que al no poder aplicarse la regla general de la jornada pasiva se está además en presencia de un impedimento para remunerar que constituye una violación a la garantía constitucional de la igualdad ante la ley, contenida en el numeral 2º del artículo 19 de la Carta Fundamental.

Con fecha 8 de noviembre de 2011, la Segunda Sala de este Tribunal acogió a tramitación el requerimiento, confirió traslado para resolver acerca de su admisibilidad y ordenó la suspensión del procedimiento de la gestión en que incide.

Evacuado el traslado, la Segunda Sala declaró la admisibilidad del requerimiento, con fecha 1° de diciembre de 2011.

Posteriormente, se confirió traslado acerca del fondo del conflicto de constitucionalidad planteado.

La parte requirente formuló en esta oportunidad un conjunto de consideraciones de hecho y derecho, señalando que la determinación de los tiempos de espera, alejados del hogar, y los descansos a bordo dependen de la decisión del empleador en ejercicio de su poder de dirección, y que no existe razón jurídica ni moral alguna para que el descanso sea de cargo del propio trabajador, pues se trata de un costo social que debe ser absorbido por el propio empresario que se beneficia de él, toda vez que en total los trabajadores llegan a estar a disposición del empleador 320 horas al mes, en una verdadera política de gratuidad por la cual los trabajadores sólo disponen de su tiempo en los 4 días libres que tienen después de 10 de trabajo continuo.

Posteriormente, hace un análisis comparativo con las normas de la Unión Europea en la materia, para concluir que estos trabajadores laboran alrededor de 600 horas anuales en exceso.

La parte requerida, Buses Ahumada Limitada, evacuó el traslado solicitando el rechazo del requerimiento y dando cuenta del carácter concreto que debe tener un requerimiento de inaplicabilidad, así como de los razonamientos contenidos en la sentencia Rol Nº 1852-10 de esta M..

Por otra parte, afirma que de conformidad a la Resolución Nº 3, de 12 de enero de 2000, la Subsecretaría de Transportes ha calificado como interurbanos los servicios de B. Ahumada entre Santiago y Los Andes o S.F., por lo cual la requirente incurre en un error y no puede obviarse que los artículos 25 y 26 bis del Código del Trabajo se refieren a situaciones diferentes.

Concluye que el tiempo que sus conductores están lejos del hogar fuera de la jornada de trabajo es mínimo, y por ello el legislador dispuso que se compensara por acuerdo de las partes.

De igual forma, señala que si la actora estimó que los servicios eran de transporte rural, erró la norma cuya inaplicabilidad solicita, pues dicha situación está regulada en otro artículo, más aún teniendo en cuenta que este Tribunal ha exigido coherencia entre el cuerpo del requerimiento de inaplicabilidad y su parte petitoria, además de que no puede entrar a examinar la inaplicabilidad de preceptos no impugnados.

En subsidio, solicita el rechazo del libelo por cuanto el conflicto sub lite pasa por analizar si los trabajadores estuvieron o no a disposición del empleador en sus tiempos de descanso o espera, cuestión que niega de manera expresa, controvirtiendo que laboren entre 10 y 12 horas diarias, pues la conducción no supera las 5 horas continuas, tras lo cual hay 2 de descanso.

Agrega que es inviable la declaración de inaplicabilidad, pues los trabajadores al regirse por la norma general deberían trabajar 9 horas diarias, con la única interrupción de la colación. Además, señala que la capacidad económica del empleador hace imposible el pago de las esperas y los descansos como horas trabajadas, motivo por el cual se contempla su compensación sólo si las partes lo acuerdan, en el entendido que no son horas trabajadas, pero en las cuales el trabajador pasa lejos de su familia, cosa que con recorridos de entre 75 y 90 kilómetros de distancia no ocurre, pues los trabajadores viven a 15 ó 20 minutos de sus lugares de trabajo.

Argumenta además que no se vulnera el derecho a una remuneración justa, pues ella tiene como causa las horas trabajadas, presupuesto que en este caso no concurre, motivo por el cual el legislador estableció que pueden ser compensadas por estar lejos del hogar, mas no que deban ser remuneradas, cuestión que es distinta.

Expone que estamos frente a...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
185 temas prácticos
  • Sentencia nº Rol 6793-19 de Tribunal Constitucional, 4 de Junio de 2020
    • Chile
    • June 4, 2020
    ...del trabajador en la forma en efectúa su labor y a la ineludible función social que cumple el trabajo” (STC roles Nos. 2086-12, 2110-12, 2114-12, 2182-12, 2197-12); […] Que lo que la Constitución protege es “un trabajo de calidad, con condiciones justas y favorables de trabajo o de la activ......
  • Sentencia nº Rol 9007-20 de Tribunal Constitucional, 19 de Noviembre de 2020
    • Chile
    • November 19, 2020
    ...del trabajador en la forma en que efectúa su labor y a la ineludible función social que cumple el trabajo” (STC roles N°s 2086-12, 2110-12, 2114-12, 2182-12, 2197-12); […] Que lo que la Constitución protege es “un trabajo de calidad, con condiciones justas y favorables de trabajo o de la ac......
  • Sentencia nº Rol 6188-19 de Tribunal Constitucional, 4 de Junio de 2020
    • Chile
    • June 4, 2020
    ...del trabajador en la forma en efectúa su labor y a la ineludible función social que cumple el trabajo” (STC roles Nos. 2086-12, 2110-12, 2114-12, 2182-12, 2197-12); […] Que lo que la Constitución protege es “un trabajo de calidad, con condiciones justas y favorables de trabajo o de la activ......
  • Sentencia nº Rol 6273-19 de Tribunal Constitucional, 4 de Junio de 2020
    • Chile
    • June 4, 2020
    ...del trabajador en la forma en efectúa su labor y a la ineludible función social que cumple el trabajo” (STC roles Nos. 2086-12, 2110-12, 2114-12, 2182-12, 2197-12); […] Que lo que la Constitución protege es “un trabajo de calidad, con condiciones justas y favorables de trabajo o de la activ......
  • Solicita tu prueba para ver los resultados completos
185 sentencias
  • Sentencia nº Rol 6793-19 de Tribunal Constitucional, 4 de Junio de 2020
    • Chile
    • June 4, 2020
    ...del trabajador en la forma en efectúa su labor y a la ineludible función social que cumple el trabajo” (STC roles Nos. 2086-12, 2110-12, 2114-12, 2182-12, 2197-12); […] Que lo que la Constitución protege es “un trabajo de calidad, con condiciones justas y favorables de trabajo o de la activ......
  • Sentencia nº Rol 9007-20 de Tribunal Constitucional, 19 de Noviembre de 2020
    • Chile
    • November 19, 2020
    ...del trabajador en la forma en que efectúa su labor y a la ineludible función social que cumple el trabajo” (STC roles N°s 2086-12, 2110-12, 2114-12, 2182-12, 2197-12); […] Que lo que la Constitución protege es “un trabajo de calidad, con condiciones justas y favorables de trabajo o de la ac......
  • Sentencia nº Rol 6188-19 de Tribunal Constitucional, 4 de Junio de 2020
    • Chile
    • June 4, 2020
    ...del trabajador en la forma en efectúa su labor y a la ineludible función social que cumple el trabajo” (STC roles Nos. 2086-12, 2110-12, 2114-12, 2182-12, 2197-12); […] Que lo que la Constitución protege es “un trabajo de calidad, con condiciones justas y favorables de trabajo o de la activ......
  • Sentencia nº Rol 6273-19 de Tribunal Constitucional, 4 de Junio de 2020
    • Chile
    • June 4, 2020
    ...del trabajador en la forma en efectúa su labor y a la ineludible función social que cumple el trabajo” (STC roles Nos. 2086-12, 2110-12, 2114-12, 2182-12, 2197-12); […] Que lo que la Constitución protege es “un trabajo de calidad, con condiciones justas y favorables de trabajo o de la activ......
  • Solicita tu prueba para ver los resultados completos

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR