Sentencia nº Rol 1264 de Tribunal Constitucional, 6 de Noviembre de 2008 - Jurisprudencia - VLEX 58941408

Sentencia nº Rol 1264 de Tribunal Constitucional, 6 de Noviembre de 2008

Fecha06 Noviembre 2008
MateriaDerecho Constitucional

Santiago, seis de noviembre de dos mil ocho.

Proveyendo el escrito del requirente, de fecha 29 de octubre de 2008, téngase por cumplido lo ordenado a fojas 64 de autos, y por acompañado el certificado que indica.

VISTOS Y CONSIDERANDO:

  1. Que, con fecha 27 de octubre de 2008, el abogado Matías Bruna Carrasco, en representación de A.P.D., ha interpuesto requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad respecto de la letra a) del artículo 250 del Código Procesal Penal, que dispone: “Artículo 250. Sobreseimiento definitivo. El juez de garantía decretará el sobreseimiento definitivo: a) Cuando el hecho investigado no fuere constitutivo de delito;”.

    El actor solicita que la inaplicabilidad de tal precepto legal sea declarada por esta Magistratura Constitucional en la causa RUC 0700676076-1, RIT 14.494-2008, seguida ante el 7º Juzgado de Garantía de Santiago, sobre delito de cohecho y luego ampliada al delito de obstrucción a la investigación, iniciada por denuncia formulada por su parte en contra de dos fiscales adjuntos del Ministerio Público que menciona. Añade que dichos autos se encuentran en actual conocimiento de la Corte de Apelaciones de Santiago por recurso de apelación, Rol de Ingreso Nº 2133-2008, que fuera interpuesto en contra de la resolución del tribunal de primera instancia que decretó el sobreseimiento definitivo de la misma causa, precisamente, por aplicación del precepto legal impugnado;

  2. Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 93, inciso primero, Nº 6, de la Constitución Política, es atribución de este Tribunal “resolver, por la mayoría de sus miembros en ejercicio, la inaplicabilidad de un precepto legal cuya aplicación en cualquier gestión que se siga ante un tribunal ordinario o especial, resulte contraria a la Constitución.”.

    A su vez, el inciso decimoprimero del mismo precepto fundamental señala: “En el caso del número 6º, la cuestión podrá ser planteada por cualquiera de las partes o por el juez que conoce del asunto. Corresponderá a cualquiera de las salas del Tribunal declarar, sin ulterior recurso, la admisibilidad de la cuestión siempre que verifique la existencia de una gestión pendiente ante el tribunal ordinario o especial, que la aplicación del precepto legal impugnado pueda resultar decisivo en la resolución de un asunto, que la impugnación esté fundada razonablemente y se cumplan los demás requisitos que establezca la ley. A esta misma sala le...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
1 temas prácticos
  • La nueva acción de inaplicabilidad de acuerdo a la jurisprudencia del Tribunal Constitucional
    • Chile
    • Revista de Derecho. Transparencia y acceso a la información Núm. 1-2014, Enero 2014
    • 1 Enero 2014
    ...Rol Nº 1256, 2008. Tribunal Constitucional, Rol Nº 1259, 2008. Tribunal Constitucional, Rol Nº 1263, 2008. Tribunal Constitucional, Rol Nº 1264, 2008. Tribunal Constitucional, Rol Nº 1267, 2008. Tribunal Constitucional, Rol Nº 1268, 2008. Tribunal Constitucional, Rol Nº 1271, 2008. Tribunal......
1 artículos doctrinales
  • La nueva acción de inaplicabilidad de acuerdo a la jurisprudencia del Tribunal Constitucional
    • Chile
    • Revista de Derecho. Transparencia y acceso a la información Núm. 1-2014, Enero 2014
    • 1 Enero 2014
    ...Rol Nº 1256, 2008. Tribunal Constitucional, Rol Nº 1259, 2008. Tribunal Constitucional, Rol Nº 1263, 2008. Tribunal Constitucional, Rol Nº 1264, 2008. Tribunal Constitucional, Rol Nº 1267, 2008. Tribunal Constitucional, Rol Nº 1268, 2008. Tribunal Constitucional, Rol Nº 1271, 2008. Tribunal......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR