Sentencia nº Rol 214 de Tribunal Constitucional, 18 de Mayo de 1995 - Jurisprudencia - VLEX 58942839

Sentencia nº Rol 214 de Tribunal Constitucional, 18 de Mayo de 1995

Fecha18 Mayo 1995
MateriaDerecho Constitucional

ROL Nº 214

PROYECTO DE LEY QUE MODIFICA LA LEY N° 19.366, QUE SANCIONA EL TRÁFICO ILÍCITO DE ESTUPEFACIENTES Y SUSTANCIAS SICOTRÓPICAS

Santiago, dieciocho de mayo de mil novecientos noventa y cinco.

VISTOS Y CONSIDERANDO:

  1. Que por oficio Nº 611, de 3 de mayo de 1995, la Honorable Cámara de Diputados ha enviado el proyecto de ley, aprobado por el Congreso Nacional, que modifica la Ley N° 19.366, que sanciona el tráfico ilícito de estupefacientes y sustancias sicotrópicas, a fin de que este Tribunal, en conformidad a lo dispuesto en el artículo 82, Nº 1º, de la Constitución Política de la República, ejerza el control de su constitucionalidad;

  2. Que el artículo 82, Nº 1º, de la Constitución Política establece que es atribución de este Tribunal: "Ejercer el control de la constitucionalidad de las leyes orgánicas constitucionales antes de su promulgación y de las leyes que interpreten algún precepto de la Constitución";

  3. Que el artículo 74 de la Carta Fundamental establece que: "Una ley orgánica constitucional determinará la organización y atribuciones de los tribunales que fueren necesarios para la pronta y cumplida administración de justicia en todo el territorio de la República. La misma ley señalará las calidades que respectivamente deban tener los jueces y el número de años que deban haber ejercido la profesión de abogado las personas que fueren nombradas ministros de Corte o jueces letrados.

    "La ley orgánica constitucional relativa a la organización y atribuciones de los tribunales sólo podrá ser modificada oyendo previamente a la Corte Suprema.";

  4. Que, de acuerdo al considerando 2° de esta sentencia, corresponde a este Tribunal pronunciarse sobre las normas del proyecto remitido que estén comprendidas dentro de las materias que el constituyente ha reservado a una ley orgánica constitucional;

  5. Que, las disposiciones contenidas en el artículo 1°, N°s. 2, 3, 4 y 6 del proyecto sometido a control, son propias de la ley orgánica constitucional indicada en el artículo 74 de la Constitución Política de la República;

  6. Que, la disposición contemplada en el N° 1, del artículo 1° del proyecto, establece:

    "Artículo 1°.- Introdúcense las siguientes modificaciones en la ley N° 19.366, que sanciona el tráfico ilícito de estupefacientes y sustancias sicotrópicas, dicta y modifica diversas disposiciones legales y deroga la ley N° 18.403:

    1. S. en el inciso tercero del artículo 14, la...

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