Sentencia nº Rol 1510 de Tribunal Constitucional, 12 de Noviembre de 2009 - Jurisprudencia - VLEX 70994876

Sentencia nº Rol 1510 de Tribunal Constitucional, 12 de Noviembre de 2009

Fecha12 Noviembre 2009
MateriaDerecho Constitucional

Santiago, doce de noviembre de dos mil nueve.

VISTOS Y CONSIDERANDO:

  1. Que, con fecha trece de octubre del año en curso, el abogado Juan Antonio Barraza Barrella, en representación de G.A.C.B., D.F.C.B., A.M.C.B., N.M.C.B., F.V.C.B. y J. delR.C.L., ha solicitado a esta M. un pronunciamiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad respecto de los artículos , 15 y 16 del Decreto Ley Nº 2.695, de 1979, en la gestión pendiente sobre petición de cancelación y autorización de inscripción especial de herencia, Rol Nº 328-2008, sustanciada por el Segundo Juzgado de Letras de Arica;

  2. Que, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 93, inciso primero, Nº 6, de la Constitución, es atribución del Tribunal Constitucional “resolver, por la mayoría de sus miembros en ejercicio, la inaplicabilidad de un precepto legal cuya aplicación en cualquier gestión que se siga ante un tribunal ordinario o especial, resulte contraria a la Constitución”;

  3. Que el inciso decimoprimero del aludido artículo 93 establece que en tal caso “corresponderá a cualquiera de las salas del Tribunal declarar, sin ulterior recurso, la admisibilidad de la cuestión siempre que verifique la existencia de una gestión pendiente ante el tribunal ordinario o especial, que la aplicación del precepto legal impugnado pueda resultar decisivo en la resolución de un asunto, que la impugnación esté fundada razonablemente y se cumplan los demás requisitos que establezca la ley. A esta misma sala le corresponderá resolver la suspensión del procedimiento en que se ha originado la acción de inaplicabilidad por inconstitucionalidad.”;

  4. Que, mediante resolución dictada el día trece de octubre de 2009, el Presidente de este Tribunal ordenó que se diera cuenta de la acción de autos en la Segunda Sala, a efectos de que se resuelva sobre su admisibilidad;

  5. Que, para emitir el correspondiente pronunciamiento, debe señalarse que el actor sustenta su pretensión argumentando que la vulneración al derecho de propiedad, reconocido en el artículo 19, Nº 24, de la Constitución Política, se configura desde el momento que “mediante un acto administrativo, se ha trasformado a un mero tenedor en poseedor regular no obstante existir inscripción de dominio, sin que ello previamente hubiere sido declarado judicialmente dentro del marco de un debido proceso”;

  6. Que, más adelante, ahondado en la misma línea argumentativa, el requirente expone que los artículos , 15 y 16...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
1 temas prácticos
  • La nueva acción de inaplicabilidad de acuerdo a la jurisprudencia del Tribunal Constitucional
    • Chile
    • Revista de Derecho. Transparencia y acceso a la información Núm. 1-2014, Enero 2014
    • January 1, 2014
    ...Rol N° 1493, 2009. Tribunal Constitucional, Rol N° 1494, 2009. Tribunal Constitucional, Rol N° 1499, 2009. Tribunal Constitucional, Rol N° 1510, 2009. Tribunal Constitucional, Rol N° 1512, 2009. Tribunal Constitucional, Rol N° 1513, 2009. Tribunal Constitucional, Rol N° 1537, 2009. Tribunal......
1 artículos doctrinales
  • La nueva acción de inaplicabilidad de acuerdo a la jurisprudencia del Tribunal Constitucional
    • Chile
    • Revista de Derecho. Transparencia y acceso a la información Núm. 1-2014, Enero 2014
    • January 1, 2014
    ...Rol N° 1493, 2009. Tribunal Constitucional, Rol N° 1494, 2009. Tribunal Constitucional, Rol N° 1499, 2009. Tribunal Constitucional, Rol N° 1510, 2009. Tribunal Constitucional, Rol N° 1512, 2009. Tribunal Constitucional, Rol N° 1513, 2009. Tribunal Constitucional, Rol N° 1537, 2009. Tribunal......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR