Decisión nº A239-09, de Consejo de Transparencia de 17 de Septiembre de 2009 - Doctrina Administrativa - VLEX 539900938

Decisión nº A239-09, de Consejo de Transparencia de 17 de Septiembre de 2009

Fecha de Resolución17 de Septiembre de 2009
TipoDocumentos Oficiales
MateriaFunciones y Actividades Propias del órgano
TemaEducación

DECISIÓN AMPARO Nº A239-09

Entidad pública: Departamento Provincial Cordillera de Educación

Requirente: Asociación Nacional de Consumidores Pro Derechos de la Educación “ANCOPRODE”

Ingreso Consejo: 11.08.2009

En sesión ordinaria N° 86 de su Consejo Directivo, celebrada el 17 de septiembre de 2009, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley N° 20.285, de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto del amparo Rol A239-09.

VISTOS:

El artículo 8° de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de las Leyes N° 20.285 y N° 19.880; lo previsto en el D.F.L. N° 1–19.653, del Ministerio Secretaria General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575; y los D.S. N° 13/2009 y N° 20/2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el Reglamento del artículo primero de la Ley N° 20.285, en adelante el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) Solicitud de Acceso: Que el 03 de junio de 2009, la Asociación Nacional de Consumidores Pro Derechos de la Educación –en adelante, ANCOPRODE-, envió al Departamento Provincial Cordillera de Educación, a través de Ordinario N° 18/2009, por el cual remiten copia de oficios N° 36 y 37 del 23 de diciembre de 2008, debido a que dicho Departamento señala haberlos extraviado. Mediante el Oficio N° 37/2008, de 23 de diciembre de 2008 se solicita fotocopia de los siguientes antecedentes que dicen relación con el Establecimiento Educacional “Colegio Santa María de la Florida”:

a. Fotocopia de la Resolución de autorización de ingreso a Jornada Escolar Completa (JEC).

b. Fotocopia de Resolución, donde se aprueba el Convenio firmado entre la sostenedora del Colegio Santa Maria de la Florida y el Ministerio de Educación, sobre “Aporte suplementario por costo de capital adicional”.

c. Fotocopia del Proyecto Pedagógico.

d. Fotocopia del Proyecto Educacional Institucional.

e. Fotocopia de las Actas de fiscalización según el siguiente detalle:

i. 16 de junio 2004, Acta "C", No cuenta con Recepción Final.

ii. 21 de marzo 2005, Acta "B", No cuenta con Recepción Final.

iii. 22 de mayo 2006, Acta "B", Falta Profesor o Planta Idónea, Escaleras en mal estado o carentes de elementos de seguridad.

iv. 21 de noviembre 2006, Acta "B", Falta elementos de Infraestructura yo seguridad.

v. 26 de junio 2007, Acta "B", faltan duchas o carentes de elementos.

vi. 14 de mayo 2008, Acta "B", Falta autorización personal titulado en otras asignaturas u otro nivel, efectúa cobros indebidos o hace exigencias económicas no permitidas.

2) Respuesta: Que el Departamento Provincial Cordillera de Educación, a través de su Jefa, doña María Adela Caviglia Veloso, respondió fuera del plazo establecido en el artículo 14 de la Ley de Transparencia, mediante Ordinario N° 11165, de 27 de julio de 2009, señalando que: “Se han recibido presentaciones del antecedente mediante las que solicita fotocopias de información relacionada con el Colegio Santa María de La Florida. / Documentos solicitados en numerales 1, 2, 3 y 4 del Ord. 37 de 2008, sugerimos los requiera a la Dirección del Establecimiento Educacional./ Respecto a requerimientos b), c) d) e) y...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR