Decisión nº C2044-13, de Consejo de Transparencia de 27 de Noviembre de 2013 - Doctrina Administrativa - VLEX 539902854

Decisión nº C2044-13, de Consejo de Transparencia de 27 de Noviembre de 2013

Fecha de Resolución27 de Noviembre de 2013
TipoDocumentos Oficiales
MateriaFunciones y Actividades Propias del órgano
TemaIndustria (Productividad)

DECISIÓN AMPARO ROL C2044-13

Entidad pública: Empresa de Correos de Chile; Servicio Nacional de Aduanas.

Requirente: Julio Antonio Muñoz López.

Ingreso Consejo: 18.11.2013.

En sesión ordinaria Nº 483 de su Consejo Directivo, celebrada el 27 de noviembre de 2013, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley Nº 20.285, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información pública Rol C2044-13.

VISTO:

Los artículos , inc. , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de las Leyes Nº 20.285 y Nº 19.880; lo previsto en el D.F.L. Nº 1-19.653, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.575; y los D.S. Nº 13/2009 y Nº 20/2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el Reglamento del artículo primero de la Ley Nº 20.285, en adelante el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) Que, con fecha 10 de octubre de 2013, don Julio Antonio Muñoz López mediante correo electrónico formuló un reclamo dirigido a la Empresa de Correos de Chile, por el retardo en el despacho y entrega de determinados suplementos alimenticios importados, a raíz de la huelga que sufrió la referida empresa.

2) Que, con fecha 11 de octubre de 2013, una ejecutiva de servicio al cliente de la Empresa de Correos de Chile dio respuesta al reclamo del requirente, señalándole que su envío se encontraba en la sucursal de Talca para ser retirado.

3) Que, con fecha 18 de noviembre de 2013, don Julio Antonio Muñoz López dedujo amparo a su derecho de acceso a la información pública, en contra de la Empresa de Correos de Chile y en contra del Servicio Nacional de Aduanas, fundado en que necesita recuperar los suplementos alimenticios comprados el 10 de agosto de 2013, o ser indemnizado por ellos, ya que ni la Empresa de Correos de Chile ni el Servicio Nacional de Aduanas le han respondido su solicitud de entregar dichos productos.

Y CONSIDERANDO:

1) Que, de acuerdo a lo previsto en el artículo 33, letra b), de la Ley de Transparencia, corresponde a este Consejo resolver, fundadamente, los reclamos por denegación de acceso a la información que le sean formulados de conformidad con la...

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