Decisión nº C652-12, de Consejo de Transparencia de 17 de Agosto de 2012 - Doctrina Administrativa - VLEX 539909850

Decisión nº C652-12, de Consejo de Transparencia de 17 de Agosto de 2012

Fecha de Resolución17 de Agosto de 2012
TipoDocumentos Oficiales
MateriaPresupuesto y Finanzas
TemaGestión y administración territorial (Urbanismo)

DECISIÓN AMPARO ROL C652-12

Entidad pública: Municipalidad de Puyehue

Requirente: Claudio Schnettler Cid

Ingreso Consejo: 26.04.2012

En sesión ordinaria N° 365 de su Consejo Directivo, celebrada el 17 de agosto de 2012, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley N° 20.285, de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto del amparo Rol C652-12.

VISTO:

Los artículos inc. , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de la Ley N° 20.285 y N° 19.880; lo previsto en el D.F.L. N° 1 – 19.653, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575; la Ley Nº 10.336 que fija la organización y atribuciones de la Contraloría General de la República; el D.S. Nº 946, de 1993, del Ministerio del Interior, que establece Procedimientos y Criterios de Selección de Proyectos y Programas a Financiar con el Programa de Mejoramiento Urbano y Equipamiento Comunal; y, los D.S. N° 13/2009 y 20/2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el Reglamento del artículo primero de la Ley N° 20.285, en adelante indistintamente el Reglamento y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) SOLICITUD DE ACCESO: El 12 de marzo de 2012 don Claudio Schnettler Cid requirió a la Municipalidad de Puyehue le entregara una serie de antecedentes relativos al estudio encargado por dicha municipalidad, sobre la construcción de Planta de Tratamiento de Aguas Servidas domiciliarias de Entre Lagos. En particular, solicitó la siguiente información:

a) Detalle de pagos del estudio.

b) Contrato firmado entre el municipio y el consultor.

c) Ítem o cuenta y/o la información pública donde se señale de donde provenían los fondos con los que se pagaron hasta los estados de pago Nº 4.

d) Dónde permanecieron los sobrantes recursos a la espera del visto bueno final del estudio.

e) Detalle de cuenta donde se encuentran los fondos restantes para el pago del quinto estado de pago del estudio.

f) Copia de factura 081, de 3 de febrero de 2011, entregada el 4 de febrero al municipio por estado de pago Nº 5, aún no pagada.

2) AUSENCIA DE RESPUESTA Y AMPARO: Don Claudio Schnettler Cid dedujo amparo a su derecho de acceso a la información el 26 de abril de 2012 en contra de la Municipalidad de Puyehue, fundado en no haber recibido respuesta a su solicitud dentro del plazo legal establecido en el artículo 14 de la Ley de Transparencia.

3) DESCARGOS Y OBSERVACIONES DEL ORGANISMO: El Consejo Directivo de este Consejo acordó admitir a tramitación el presente amparo, trasladándolo mediante Oficio Nº 1.657, de 14 de mayo de 2012, a la Alcaldesa de la Municipalidad de Puyehue; quien mediante Oficio Nº 301, de 20 de junio de 2012, evacuó sus descargos y observaciones al presente amparo, señalando lo siguiente:

a) Según consta en contrato de 29 de junio de 2006, efectivamente le fue adjudicado y contratado al solicitante el estudio del diseño del proyecto denominado “Construcción Planta de Tratamiento de Aguas Servidas de Entre Lagos”.

b) Según consta en los antecedentes, se trata de un proyecto de la modalidad Programa de Mejoramiento Urbano (PMU), por un monto de $24.900.000, el cual ha tenido una serie de dificultades en su desarrollo, producto de diferentes inconvenientes que se fueron presentando en el proceso de avance del mismo. Se han hecho efectivos cuatro estados de pago, de...

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