Decisión nº C105-12, de Consejo de Transparencia de 3 de Febrero de 2012 - Doctrina Administrativa - VLEX 539910130

Decisión nº C105-12, de Consejo de Transparencia de 3 de Febrero de 2012

Fecha de Resolución 3 de Febrero de 2012
TipoDocumentos Oficiales
MateriaRegulación Interna
TemaJusticia

DECISIÓN AMPARO ROL C105-12

Entidad pública: Instituto Nacional de Normalización.

Requirente: Elton Ortiz Concha.

Ingreso Consejo: 23.01.2012

En sesión ordinaria N° 316 de su Consejo Directivo, celebrada el 03 de febrero de 2012, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley N° 20.285, de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información Rol C105-12.

VISTOS:

Los artículos , inc. , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de las Leyes N° 20.285 y N° 19.880; lo previsto en el D.F.L. N° 1–19.653, del Ministerio Secretaria General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575; y los D.S. N° 13/2009 y N° 20/2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el Reglamento del artículo primero de la Ley N° 20.285, en adelante el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) Que, el 27 de diciembre de 2011, don Elton Ortiz concha realizó una presentación a la Subsecretaría de Economía y Empresas de Menor Tamaño, solicitando información sobre el orden de prelación o jerárquico de las normas chilenas. En particular, requirió:

a) ¿Cuál es el orden de prelación o jerárquico de las normas chilenas con respecto de las leyes?;

b) ¿Qué implicancia tienen para los organismos y los funcionarios públicos las normas oficiales de la República de Chile?;

c) ¿Cuál es el rol de los organismos validadores de estas normas como normas oficiales de la República de Chile?; y,

d) ¿Por qué estas normas y sus textos íntegros no se publican en el Diario Oficial?

2) Que, posteriormente, a través de Oficio Ord. N° 12961, de 30 de diciembre de 2011, la Subsecretaría de Economía y Empresas de Menor Tamaño derivó el requerimiento de información del reclamante...

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