Decisión nº C105-12, de Consejo de Transparencia de 3 de Febrero de 2012
Fecha de Resolución | 3 de Febrero de 2012 |
Tipo | Documentos Oficiales |
Materia | Regulación Interna |
Tema | Justicia |
DECISIÓN AMPARO ROL C105-12
Entidad pública: Instituto Nacional de Normalización.
Requirente: Elton Ortiz Concha.
Ingreso Consejo: 23.01.2012
En sesión ordinaria N° 316 de su Consejo Directivo, celebrada el 03 de febrero de 2012, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley N° 20.285, de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información Rol C105-12.
Los artículos 5º, inc. 2º, 8° y 19 Nº 12 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de las Leyes N° 20.285 y N° 19.880; lo previsto en el D.F.L. N° 1–19.653, del Ministerio Secretaria General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575; y los D.S. N° 13/2009 y N° 20/2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el Reglamento del artículo primero de la Ley N° 20.285, en adelante el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.
1) Que, el 27 de diciembre de 2011, don Elton Ortiz concha realizó una presentación a la Subsecretaría de Economía y Empresas de Menor Tamaño, solicitando información sobre el orden de prelación o jerárquico de las normas chilenas. En particular, requirió:
a) ¿Cuál es el orden de prelación o jerárquico de las normas chilenas con respecto de las leyes?;
b) ¿Qué implicancia tienen para los organismos y los funcionarios públicos las normas oficiales de la República de Chile?;
c) ¿Cuál es el rol de los organismos validadores de estas normas como normas oficiales de la República de Chile?; y,
d) ¿Por qué estas normas y sus textos íntegros no se publican en el Diario Oficial?
2) Que, posteriormente, a través de Oficio Ord. N° 12961, de 30 de diciembre de 2011, la Subsecretaría de Economía y Empresas de Menor Tamaño derivó el requerimiento de información del reclamante...
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