Decisión nº C673-13, de Consejo de Transparencia de 12 de Julio de 2013 - Doctrina Administrativa - VLEX 539919346

Decisión nº C673-13, de Consejo de Transparencia de 12 de Julio de 2013

Fecha de Resolución12 de Julio de 2013
TipoDocumentos Oficiales
MateriaFunciones y Actividades Propias del órgano
TemaGrupos de interés especial

DECISIÓN AMPARO ROL C673-13

Entidad pública: Corporación Nacional de Desarrollo Indígena (CONADI)

Requirente: Pamela Lainez Fuentes

Ingreso Consejo: 16.05.2013

En sesión ordinaria N° 449 del Consejo Directivo, celebrada el 12 de julio de 2013, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley N° 20.285, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información Rol C673-13.

VISTO:

Los artículos , inciso , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de las Leyes N° 20.285, N° 19.880 y N° 19.628; lo previsto en el D.F.L. N° 1-19.653, del año 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575; y los D.S. N° 13/2009 y N° 20/2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el Reglamento del artículo primero de la Ley N° 20.285, en adelante el Reglamento, y los Estatutos de funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) SOLICITUD DE ACCESO: El 15 de abril de 2013, doña Pamela Lainez Fuentes, invocando su calidad de “asesora de la familia Collin”, solicitó a la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena, en adelante indistintamente CONADI, lo siguiente:

a) Información respecto a la posibilidad de subdivisión de tierras indígenas al interior de la Comunidad Mapuche José Calvio, de la comuna de Paillaco.

b) Las “acciones a seguir y/o alternativas que nos permitan dar pronta resolución a los inconvenientes que han detenidos su proyecto de desarrollo” (sic). Ello, en referencia al emprendimiento productivo de la familia Collin.

c) Información de la “conformación de una sociedad de primera categoría y/o alternativas que les permita formar una empresa en sociedad con todos deberes financieros y legales”.

2) AUSENCIA DE RESPUESTA Y AMPARO: El 16 de mayo de 2013, doña Pamela Lainez Fuentes dedujo amparo a su derecho de acceso a la información en contra del señalado órgano del Estado, fundado en la falta de respuesta a su requerimiento.

3) SUBSANACIÓN DEL AMPARO: Conforme a lo previsto en el artículo 46 inciso segundo del Reglamento de la Ley de Transparencia, mediante correo electrónico de 17 de mayo de 2013, la Unidad de Análisis de Admisibilidad y SARC de este Consejo solicitó a la reclamante que aclarara la fecha y el contenido de la solicitud que motivaba el presente amparo. Lo anterior, ya que dentro de los antecedentes acompañados al mismo figuraba una solicitud de información de 15 de marzo de 2013. Sin embargo, en el formulario en línea completado para deducir este amparo indicó que la solicitud de información se realizó el 15 de abril de 2013. En respuesta, la Sra. Lainez Fuentes remitió copia de la solicitud de...

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