Decisión nº C370-13, de Consejo de Transparencia de 17 de Mayo de 2013 - Doctrina Administrativa - VLEX 539920398

Decisión nº C370-13, de Consejo de Transparencia de 17 de Mayo de 2013

Fecha de Resolución17 de Mayo de 2013
TipoDocumentos Oficiales
MateriaFunciones y Actividades Propias del órgano
TemaEconomía y Finanzas

DECISIÓN AMPARO ROL C370-13

Entidad pública: Servicio de Impuestos Internos

Requirente: Pablo Trivelli Oyarzún

Ingreso Consejo: 01.04.2013

En sesión ordinaria Nº 435 del Consejo Directivo, celebrada el 17 de mayo de 2013, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley Nº 20.285 de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información Rol C370-13.

VISTO:

Los artículos , inc. , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de las Leyes Nº 20.285 y Nº 19.880; lo previsto en el D.F.L. Nº 1-19.653, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.575; los D.S. Nº 13/2009 y Nº 20/2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el Reglamento del artículo primero de la Ley Nº 20.285, en adelante el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) SOLICITUD DE ACCESO: El 11 de febrero de 2013, don Pablo Trivelli Oyarzún, solicitó al Servicio de Impuestos Internos –en adelante e indistintamente SII-, “la entrega de una copia digital completa de la cartografía de todas las comunas de Chile presentada en la página web del Servicio de Impuestos Internos (…)mucho agradeceré que la información sea entregada en un formato digital que permita el trabajo computacional con cualquier software de sistema geográfico de información, tales como: arcview, mapinfo, arcgis, etc. Si eso no fuera posible, agradecería una entrega de la misma información cartográfica en formato computacional autocad o con el software con que fue dibujada en el computador.” Asimismo, requirió la entrega de una copia de los antecedentes referidos a las fichas de las áreas homogéneas de cada comuna que igualmente se encuentran publicados en el sitio web del SII, en formato Excel o en el que fue elaborado con la finalidad de trabajar con los códigos que se utilizan en esa fuente de información.

2) RESPUESTA: El Servicio de Impuestos Internos, por medio de la Resolución Exenta N° 471, de 11 de marzo de 2013, dio respuesta a la solicitud del requirente negando el acceso a la información solicitada, señalando en síntesis lo siguiente:

a) La información requerida se encuentra publicada en la dirección electrónica htpp://www.sii.cl//portales/reavaluo_no_agricola/2013/index.html#.

b) Encontrándose los antecedentes consultados a disposición del solicitante de conformidad a lo dispuesto en el artículo 15 de la Ley de Transparencia, resulta improcedente que se requiera su entrega en los términos descritos en el artículo 17 del citado cuerpo normativo. Al efecto, cita en apoyo de su argumentación lo decidido por este Consejo en la decisión de amparo Rol C321-09.

3) AMPARO: El 1° de abril de 2013, don Pablo Trivelli Oyarzún, dedujo amparo a su derecho de acceso a la información, en contra del Servicio de Impuestos Internos, fundado en que habría recibido respuesta negativa...

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