Decisión nº C833-13, de Consejo de Transparencia de 30 de Agosto de 2013 - Doctrina Administrativa - VLEX 539920762

Decisión nº C833-13, de Consejo de Transparencia de 30 de Agosto de 2013

Fecha de Resolución30 de Agosto de 2013
TipoDocumentos Oficiales
MateriaPresupuesto y Finanzas
TemaJusticia

DECISIÓN AMPARO ROL C833-13

Entidad pública: Municipalidad de Concepción

Requirente: Joaquín Eguiluz Herrera

Ingreso Consejo: 08.06.2013

En sesión ordinaria Nº 462 del Consejo Directivo, celebrada el 30 de agosto de 2013, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley Nº 20.285 de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información Rol C833-13.

VISTO:

Los artículos , inc. , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de las Leyes Nº 20.285 y Nº 19.880; lo previsto en el D.F.L. Nº 1-19.653, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.575; y los D.S. Nº 13/2009 y Nº 20/2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el Reglamento del artículo primero de la Ley Nº 20.285, en adelante el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) Que, el 7 de mayo de 2013, don Joaquín Eguiluz Herrera solicitó a la Municipalidad de Concepción, información sobre el monto recuperado a la fecha en los juicios que indica, listado de gigantografías autorizadas en la comuna de Concepción, listado de gigantografías que no cuentan a la fecha con permiso de construcción, listado de cobros efectivos por derechos de publicidad por gigantografías correspondientes a los años 2012 y 2013 a la fecha, estado del sumario ordenado por la Contraloría General de la República, en el informe 97/2011.

2) Que, el 24 de mayo de 2013, el órgano reclamado respondió a la solicitud entregando información sobre el sumario ordenado por el señalado Ente de Control, agregando que el resto de la información solicitada sería entregada oportunamente.

3) Que, el 8 de junio de 2013, don Joaquín Eguiluz Herrera interpuso ante este Consejo amparo a su...

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