Decisión nº C1401-12, de Consejo de Transparencia de 10 de Octubre de 2012 - Doctrina Administrativa - VLEX 539922274

Decisión nº C1401-12, de Consejo de Transparencia de 10 de Octubre de 2012

Fecha de Resolución10 de Octubre de 2012
TipoDocumentos Oficiales
MateriaGestión de Personas
TemaTrabajo

DECISIÓN AMPARO ROL C1401-12

Entidad pública: Fundación Integra.

Requirente: Hugo Espinoza Sánchez.

Ingreso Consejo: 27.09.2012.

En sesión ordinaria N° 379 de su Consejo Directivo, celebrada el 10 de octubre de 2012, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley N° 20.285, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información pública Rol C1401-12.

VISTO:

Los artículos , inc. , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de las Leyes N° 20.285 y N° 19.880; lo previsto en el D.F.L. N° 1–19.653, del Ministerio Secretaria General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575; y los D.S. N° 13/2009 y N° 20/2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el Reglamento del artículo primero de la Ley N° 20.285, en adelante el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) Que, el 30 de julio de 2012, mediante correo electrónico dirigido al Director de Personas de la Fundación, don Hugo Espinoza Sánchez solicitó a la Fundación Integra, información sobre una Educadora de Párvulos que se desempeñaría en la sede regional de Aysén de la Fundación reclamada. En particular:

a) Copia de las liquidaciones de sueldo o boletas de honorarios desde que la persona ingresó a la Fundación hasta la fecha;

b) Calidad contractual, sea ésta planta, contrata, honorarios u otro, desde su ingreso a la Fundación hasta la fecha;

c) Copia de los documentos donde se acredita la calidad contractual, desde su ingreso a la Fundación hasta la fecha.

2) Que, con fecha 02 de agosto de 2012, mediante correo electrónico del Director de Personas de la Fundación Integra, se informa al requirente que, a juicio de la Fundación, no le resultarían aplicables las normas de la Ley de Transparencia, por cuanto se trata de una persona jurídica de derecho privado. Por otra parte, en aplicación de los artículos y 154 bis del Código...

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