Decisión nº C762-13, de Consejo de Transparencia de 31 de Julio de 2013 - Doctrina Administrativa - VLEX 539923470

Decisión nº C762-13, de Consejo de Transparencia de 31 de Julio de 2013

Fecha de Resolución31 de Julio de 2013
TipoDocumentos Oficiales
MateriaFunciones y Actividades Propias del órgano
TemaTransporte

DECISIÓN AMPARO ROL C762-13

Entidad pública: Subsecretaría de Transportes.

Requirente: Víctor Tapia Alarcón.

Ingreso Consejo: 29.05.2013.

En sesión ordinaria Nº 454 del Consejo Directivo, celebrada el 31 de julio de 2013, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley Nº 20.285 de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información Rol C762-13.

VISTO:

Los artículos , inc. , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de las Leyes Nº 20.285 y Nº 19.880; lo previsto en el D.F.L. Nº 1-19.653, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.575; en la Ley N° 19.886, de Compras Públicas y D.S. Nº 250 de 2004, Reglamento de Compras Públicas; y los D.S. Nº 13/2009 y Nº 20/2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el Reglamento del artículo primero de la Ley Nº 20.285, en adelante el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) SOLICITUD DE ACCESO: El 8 de abril de 2013, don Víctor Tapia Alarcón, Presidente de la Asociación de Funcionarios del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones AFUNMTT, y doña Juana Araya Salinas, Directora de la Asociación Nacional de Funcionarios de la Subsecretaría de Transportes ANFUTRANS, solicitaron a la Subsecretaria de Transportes (SUBTRANS) una serie de antecedentes relativos a la contratación de los servicios de la empresa Virtus Partners S.A., en virtud de un procedimiento de la ley de compras públicas. Entre otros, requirieron:

a) Documentos de la etapa precontractual que hayan servido de base a la dictación de actos administrativos posteriores.

b) Copia de antecedentes de la empresa adjudicataria: escrituras originales y sus modificaciones si las hubiere, representantes, experiencia y currículum de los profesionales involucrados, y el contrato suscrito.

2) RESPUESTA: El 7 de mayo de 2013, la SUBTRANS responde a la solicitud de acceso mediante Oficio Nº 2.491, disponiendo la entrega de la información requerida, pero por razones de capacidad del correo institucional explica que no es posible enviar la información a los correos electrónicos designados en la solicitud, disponiendo su entrega en soporte de un disco compacto, que los recurrentes podrían retirar desde las oficinas de la Subsecretaría.

3) AMPARO: El 29 de mayo de 2013 don Víctor Tapia Alarcón, por sí, dedujo amparo a su derecho de acceso a la información en contra de la SUBTRANS, fundado en que la información otorgada por el órgano es...

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