Sentencia de Tribunal R. Metropolitana. Tercero, 6 de Febrero de 2015 - Jurisprudencia - VLEX 559963442

Sentencia de Tribunal R. Metropolitana. Tercero, 6 de Febrero de 2015

RucGR-17-00066-2014
Fecha06 Febrero 2015
Ric14-9-0001294-3
EmisorTribunal R. Metropolitana. Tercero (Chile)

Cincuenta y ocho - 58

"B.O., J.L. con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS XVI DR SANTIAGO SUR".

RIT N° GR-17-00066-2014 RUC N° 14-9-0001294-3

Providencia, a seis de febrero de dos mil quince.

A LOS AUTOS certificación del Sr. Secretario del Tribunal.

VISTOS:

El escrito de fecha 08.08.2014, rolante de fs. 13 a 18, por el cual comparece don J.L.B.O., Cédula de Identidad N° 11.434.558-k, panadero dependiente, domiciliado en calle Yungay N° 555, S.B., quien interpone reclamo en Procedimiento General de Reclamaciones en contra de la liquidación N°

116401000056, de fecha 16.12.2013, emitida por el SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS, XVI DIRECCIÓN REGIONAL METROPOLITANA SANTIAGO SUR, R.N.°60.803.408-0, representado legalmente por doña F.O.Q., Directora Regional de la XVI Dirección Regional Sur según Resolución SII Pers. N°506, ambos domiciliados en calle R.S.N.°1273, Comuna de San Miguel, Región Metropolitana.

R. en autos:

A fs. 1, notificación folio 1402621, formulario 3300, a nombre de don J.L.B.O., de fecha 22.04.2014.

A fs. 2 a 5, liquidación N° 116401000056, de fecha 16.12.2013, a nombre de don J.L.B.O., Cédula de Identidad N° 11.434.558-k.

A fs. 6, copia de factura N° 3404564, fecha de emisión 29.10.2011, a nombre de don J.L.B.O., emitida por empresa Claro Chile.

Documento firmado electrónicamente por don/ña D.L.B.S., el 06-02-2015.

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A fs. 7 a 8, copias de comprobantes de atención, a nombre de don J.L.B.O., de fechas 06.12.2011 y 16.05.2014, de empresa Claro Chile S.A.

A fs. 9, copia de declaración de renta año tributario 2011, formulario 22, a nombre de don J.L.B.O., folio N° 104100951.

A fs. 10, copia de consulta de estado de declaración de renta 2011, contribuyente RUT 11.434.558-k.

A fs. 11, copia de información de ingresos, agentes retenedores y otros de don J.L.B.O., año tributario 2011, Servicio de Impuestos Internos.

A fs. 12, copia de estado de declaración de renta año 2010, de don J.L.B.O., Servicio de Impuestos Internos.

A fs. 13 a 20, rola escrito presentado por el reclamante en el cual deduce reclamo tributario en contra de la liquidación N° 116401000056, de fecha 16.12.2013; acompaña documentos que indica; fija domicilio y solicita se tenga presente;

resolución que lo provee y su respectivo testimonio de notificación.

A fs. 21 a 32, escrito de la parte reclamada en el cual asume representación y acompaña documento consistente en Resolución Exenta N° 506, de 18.03.2008; solicita aviso por correo y confiere patrocinio y poder; escrito de evacúa traslado y ofrece medios de prueba; resolución que tiene por evacuado el traslado; y su correspondiente testimonio que da cuenta de la notificación efectuada.

A fs. 33 a 35, resolución que recibe la causa a prueba por el término legal, fija los puntos sobre los cuales debe recaer; testimonio de la notificación y comprobante de notificación efectuada a la reclamante mediante carta certificada.

A fs. 36 a 38, escrito presentado por la parte reclamante designando abogado patrocinante y delegación de poder; solicita notificación por correo electrónico;

resolución que lo provee y su respectivo testimonio de notificación.

A fs. 39 a 46, escrito acompañado por la parte reclamante por el que acompaña documentos que indica; reitera documentos en parte de prueba; resolución que lo provee y su respectivo testimonio de notificación.

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A fs. 47 a 56, escrito presentado por la parte reclamada, acompañando documentos que indica y solicita se tenga presente; resolución que lo provee y testimonio de la respectiva notificación.

A fs. 57, certificación del Sr. Secretario del Tribunal, sobre el vencimiento del término probatorio.

Con lo relacionado y, CONSIDERANDO:

PRIMERO

Que, a fojas 13, comparece don J.L.B.O. ya individualizado, quien interpone reclamo tributario en Procedimiento General de Reclamaciones en contra de la Liquidación No 116401000056, de fecha 16.12.2013, por diferencias en el Impuesto Global Complementario del año tributario 2011, emitida por la Dirección Regional Metropolitana Santiago Sur del Servicio de Impuestos Internos, representada legalmente por doña F.O.Q., Directora Regional de la XVI Dirección Regional Sur, ambos igualmente individualizados con antelación, por los antecedentes de hecho y fundamentos de derechos que se relatan, sucintamente, como sigue:

1)

Que a mediados del año 2011, en la comuna de San Bernardo, una promotora de la empresa "Solventa" le solicitó el carnet de identidad para evaluar la posibilidad de entregarle un crédito, registrando su huella y número de carnet en un computador, pero nunca le contestaron ni le dieron el crédito, consiguiendo única y exclusivamente ser víctima de fraudes y vulnerabilidad de sus antecedentes personales por parte de varias empresas telefónicas y, además, del Servicio de Impuestos Internos

2)

Que en el mes de octubre de 2011, comenzaron a llegarle cobros de facturas de empresas de telefonía (Claro y Movistar), por solicitud de servicios que jamás contrató ni adquirió. Agrega que con fecha 14.11.2011, se presentó ante la empresa

"Claro Chile", donde explicó la situación e hizo un reclamo, aclarando que nunca había contratado con ellos ningún servicio telefónico; entonces ellos le solicitaron registrar su Documento firmado electrónicamente por don/ña D.L.B.S., el 06-02-2015.

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firma y huella digital, y que además efectuara una declaración jurada simple declarando que la firma y huella registrada en la empresa Claro Chile S.A. no correspondía a la suya.

Al reclamo se le asignó el número 11693224; luego, con fecha 06.12.2011, le entregaron un comprobante de atención con la respuesta del reclamo, con resultado favorable ya que no coincidieron las firmas ni huellas, por lo cual procedieron a emitir una nota de crédito dejando en cero su supuesta deuda.

3) Señala que sólo hizo los respectivos reclamos en las empresas Claro y Telefónica y, como estas empresas respondieron satisfactoriamente a sus peticiones, no consideró denunciar tal situación a la justicia, sin imaginar en esos momentos que vería comprometida su situación tributaria.

4)

Que con fecha 22.04.2014, se le comunica mediante notificación folio 1402621, de la liquidación N°116401000056 de fecha 30.04.2011, que adeuda una diferencia del formulario 22 folio 104100951, por un monto de $447.829.-, al 31.12.2013, lo cual le permitió enterarse de la deuda que tenía con el Servicio de Impuestos Internos

5) Que luego se contactó con un contador para que le explicara de qué

se trataba la deuda, quien le pidió que sacara una clave en el Servicio de Impuestos Internos para revisar su estado.

El contador, al ingresar a la página del Servicio de Impuestos Internos, le señala que en ésta aparece que se presentó con fecha 16.09.2011 la Declaración de Renta correspondiente al año tributario 2011, declaración que indica él jamás presentó y por la cual se le está cobrando la deuda. Para ser más exacto, existen 10 folios de Declaraciones de Renta, presentados con fecha 16.09.2011, los que fueron considerados no válidos y anulados por parte del Servicio de Impuestos Internos. Los folios son los siguientes: 104101321, 104100941, 104100781, 104100641, 104100631, 104100591, 104100161, 104099771, 104099751 y 104099731. La declaración de renta que fue aceptada y por la cual se le imputa dicha deuda tiene el folio 104100951 y, además, contiene información falsa.

6)

Indica que revisando sus antecedentes el año 2010, los únicos ingresos que tuvo fueron de su trabajo dependiente como panadero, razón por la cual y debido al monto de sus rentas, no estaba obligado a realizar la declaración anual de Documento firmado electrónicamente por don/ña D.L.B.S., el 06-02-2015

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impuestos a la renta, ya que los ingresos que recibió corresponden a rentas del Artículo 42 N°1 (sueldos) y fueron por un monto de $880.301.- Señala que ésta es la única renta que percibió durante el año 2010 y esto se puede verificar en "Información de Ingresos, Agentes Retenedores y Otros", que aparecen en su portal web del Servicio de Impuestos Internos.

7) Agrega que en la declaración de Renta año tributario 2011, se declaran ingresos por concepto de honorarios por un monto de $10.817.333.-, rentas que jamás obtuvo. En la página web del SII, en "Información de sus ingresos, agentes retenedores y otros", no aparece información alguna de las rentas que están declaradas en el formulario 22.

Afirma, enfáticamente, que jamás hizo dicha declaración anual de impuesto

8) Considera que lo más grave de toda esta situación, es la seguridad del sitio web del Servicio de Impuestos Internos, la que fue gravemente vulnerada, ya que

él jamás entrego información de su clave secreta ni respecto a su situación tributaria, además, en la página del Servicio de Impuestos Internos aparece un correo electrónico que no es suyo, ya que no tiene, pues no conoce cómo operan esas tecnologías. No sabe quiénes habrán realizado todo esto, ni tampoco cómo lograron ingresar a su portal tributario, lo único claro es que ha sido totalmente perjudicado.

9) Señala que la...

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