Decisión nº C777-14, de Consejo de Transparencia de 20 de Enero de 2015 - Doctrina Administrativa - VLEX 557848782

Decisión nº C777-14, de Consejo de Transparencia de 20 de Enero de 2015

Fecha de Resolución20 de Enero de 2015
TipoDocumentos Oficiales
MateriaFunciones y Actividades Propias del órgano
TemaCultura y Artes

DECISIÓN AMPARO ROL C777-14

Entidad pública: Instituto Nacional de Deportes

Requirente: Andrés Passi Lobos

Ingreso Consejo: 23.04.2014

En sesión ordinaria N° 586 del Consejo Directivo, celebrada el 20 de enero de 2015, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley N° 20.285 de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información Rol C777-14.

VISTO:

Los artículos , inciso , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de la ley N° 20.285, sobre acceso a la información pública y de la ley N° 19.880 que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; lo previsto en el decreto con fuerza de ley N° 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.575, orgánica constitucional sobre bases generales de la Administración del Estado; y los decretos supremos N° 13, de 2009 y N° 20, de 2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el reglamento del artículo primero de la ley N° 20.285, en adelante e indistintamente, el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) SOLICITUD DE ACCESO: El 4 de marzo de 2014, don Andrés Passi Lobos solicitó al Instituto Nacional de Deportes copia de la siguiente información en formato digital:

a) "Copia de los actos administrativos, informes, memorándums, correos electrónicos y toda otra información que obre en cualquier soporte, que justifique la entrega de la asignación por funciones críticas a la funcionaria doña Paola Arangua Ruíz, entre los meses de julio de 2012 a noviembre de 2013, aproximadamente, época en que dicha funcionaria se desempeñó como una profesional grado 6° del Departamento Jurídico del IND, según consta en el sitio web Transparencia Activa del IND.

b) Asimismo, requiero se me informen los fundamentos y/o justificaciones por los cuáles se otorgó a dicha funcionaria la asignación de funciones críticas referida. Solicito se me entregue el detalle de las labores, actividades o demás funciones o tareas entregadas a la señalada funcionaria durante el periodo en que recibió la asignación crítica referida, que hubieren justificado el pago de la misma.

c) Por otro lado, solicito se me entreguen todos los antecedentes referidos al concurso público para proveer el cargo de Jefe del Departamento de Organizaciones Deportivas, efectuado a fines del año 2013. En específico, copia de los informes psicológicos que se hubieren realizado, documentos acompañados por todos los postulantes a dicho concurso, resoluciones del organismo, actas de las comisiones respectivas en que consten los puntajes asignados, identificación de los miembros de tales comisiones, etc."

2) RESPUESTA: Mediante correo electrónico de 31 de marzo de 2014, el Instituto Nacional de Deportes respondió a dicho requerimiento de información señalando, en síntesis, que:

a) Respecto del literal a) remite copia de las resoluciones que asignaron funciones críticas a la funcionaria de que se trata en el período consultado por el solicitante.

b) En cuanto al literal b) señala que describe detalladamente las funciones desempeñadas por la referida funcionaria.

c) En lo relativo al literal c), comunicó al solicitante la prórroga del plazo para responder a la solicitud de información por el término de diez días hábiles, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 14 de la Ley de Transparencia, "por cuanto ha sido difícil reunir los antecedentes y consultar a las terceras personas involucradas."

Con fecha 15 de abril de 2014, mediante correo electrónico comunica al solicitante que reunió "los documentos acompañados de los postulantes al concurso para proveer el cargo de cargo de Jefe de Organizaciones Deportivas, realizado el año 2013".

Agrega que las copias están disponibles en formato impreso -590 páginas- cuyo costo de reproducción asciende a $ 17.700.

3) AMPARO: El 23 de abril de 2014, don Andrés Passi Lobos dedujo amparo a su derecho de acceso a la información en contra del señalado órgano de la Administración del Estado, fundado en que la información entregada no corresponde a la solicitada. Además, el reclamante hizo presente que:

a) Respecto a la letra a), señala que hubo un periodo en que la funcionaria recibió asignación siendo una profesional más del Departamento Jurídico, y que lo que solicita son los informes, memorándums, correos electrónicos que justifiquen esa decisión.

b) En cuanto al literal b) señala que el órgano reclamado otorgó información de las funciones que cumplió como asesora del Director Regional Metropolitano, que no es lo requerido, que corresponde al tiempo en que se desempeñó como abogada del Departamento Jurídico.

c) Por último, aduce que el IND no señala la razón del cambio en el formato de entrega de la información requerida en el literal c), toda vez que requirió la información de modo digital. Además, indica que el costo de 30 pesos excede el valor fijado por convenio marco, que no supera los $18.

4) SUBSANACIÓN DEL AMPARO: Mediante Oficio N° 1.939 de 30 de abril de 2014 este Consejo solicitó al reclamante que subsanara su amparo remitiendo copia de la solicitud de acceso y de la respuesta a la misma, antecedentes que fueron enviados por el reclamante con fecha 6 y 13 de mayo de 2014.

5) DESCARGOS Y OBSERVACIONES DEL ORGANISMO: El Consejo Directivo de este Consejo acordó admitir a tramitación este amparo, confiriendo traslado al Sr. Director Nacional del Instituto Nacional de Deportes, mediante Oficio N° 2.311, quien, a través de escrito ingresado con fecha 26 de junio de 2014 a este Consejo, presentó sus descargos y observaciones, señalando, en síntesis que:

a) Hizo entrega, oportunamente, vía correo electrónico, de la información requerida en el literal a), esto es, los actos administrativos relacionados con la asignación por el desempeño de funciones críticas a la abogada doña Paola Arangua Ruiz durante el periodo comprendido entre julio de 2012 y noviembre de 2013. Más aún, se remitió al solicitante copia de la Resolución Exenta N° 5709 de 2 de diciembre de 2013, que puso término a la asignación por el desempeño de funciones críticas de la aludida funcionaria, entregándose más información de la requerida, en...

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