Sentencia de Tribunal L.g.b. Ohiggins, 11 de Diciembre de 2013 - Jurisprudencia - VLEX 537263878

Sentencia de Tribunal L.g.b. Ohiggins, 11 de Diciembre de 2013

Fecha de Resolución11 de Diciembre de 2013
EmisorTribunal L.g.b. Ohiggins
RucGR-19-00039-2013
RIT13-9-0002194-6
ProcedimientoProcedimiento General de Reclamación
Estatusno Presentada

Rancagua, ONCE DE DICIEMBRE DE DOS MIL TRECE. CAUSA RUC Nº RIT N° VISTOS: La presentación del reclamante de fojas 1, de 19 de noviembre de 2013. Lo ordenado a fojas 152, mediante resolución de 25 de noviembre de 2013. El apercibimiento de fojas 154, contenido en la resolución de 29 de noviembre de 2013. La resolución de fojas 156, de 06 de diciembre de 2013, que ordena certificar al Secretario Abogado del Tribunal, si la parte reclamante dio cumplimiento a lo ordenado a fojas 152 y 154, constituyendo el patrocinio y poder conforme a derecho, dentro del plazo de tres días contado desde la notificación de la respectiva resolución. La Certificación del Secretario Abogado del Tribunal, de fojas 158, de 10 de diciembre de 2013. La presentación del reclamante de fojas 159, de 10 de diciembre de 2013; y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, a fojas 1, consta presentación de 19 de noviembre de 2013, de doña C.A.I.C., en representación de INSÚA y CÁCERES LIMITADA. Que, la referida presentación, en su página final, a fojas 12, sólo contiene estampadas dos firmas, sin que conste en ninguna parte del escrito, que se haya autorizado por el Secretario del Tribunal, el poder respectivo, según lo dispone el artículo 6° del Código de Procedimiento Civil, en relación con lo dispuesto en la Ley N° 18.120, Sobre Comparecencia en Juicio, especialmente lo dispuesto en su artículo 2°. SEGUNDO: Que, en el contexto de los expuesto, y previo a proveer la presentación de fojas 1, por resolución de 25 de noviembre de 2013 rolante a fojas 152, el Tribunal ordenó que se constituyera el patrocinio y poder conforme a derecho, dentro del plazo de tres días contado desde la notificación respectiva, que en la especie se efectuó de conformidad a lo dispuesto en el artículo 131 bis, del Código Tributario, es decir, mediante la publicación de su texto íntegro en el sitio de internet del Tribunal. TERCERO: Que, transcurrido el plazo antes referido, por resolución de 29 de noviembre de 2013, rolante a fojas 154, se reiteró lo ordenando a fojas 152, en orden a que se constituyere el patrocinio y poder conforme a derecho, otorgándosele a la parte un nuevo plazo de tres días, pero esta vez, bajo el apercibimiento expreso, de tener por no presentado el escrito de fojas 1, de 19 de noviembre de 2013. La notificación de la resolución referida, se efectuó conforme a lo dispuesto en el inciso primero del artículo 131 bis del Código Tributario, esto es, mediante su publicación integra en...

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