Sentencia de Tribunal L.g.b. Ohiggins, 10 de Junio de 2014 - Jurisprudencia - VLEX 533152582

Sentencia de Tribunal L.g.b. Ohiggins, 10 de Junio de 2014

EmisorTribunal L.G.B. Ohiggins (Chile)
Ric13-9-0000381-6
Fecha10 Junio 2014
RucGS-19-00014-2013

CAUSA RUC Nº RIT N°

: “S.I.I. con C.H., M.M..” : 13-9-0000381-6 : GS-19-00014-2013

Rancagua, a diez de junio de dos mil catorce.

VISTOS: UNO. Presentación de fojas 1, correspondiente a Reservado DJU.06 N° 09, de fecha 11 de abril de 2013, a través del cual, don L.A.P., Director Regional del SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS VI RANCAGUA, R.N.°60.803.423-4, ambos domiciliados en calle Estado N°154, comuna y ciudad de Rancagua, remite al Tribunal, y con la misma fecha, Acta de Denuncia N° 5 de fecha 28 de marzo de 2013, y una serie de antecedentes, para efectos de la aplicación de sanciones, al contribuyente don M.M.C.H., RUT N°12.493.445-1, con giro de "Cosecha poda, amarre labores de adecuación faenas de packing", domiciliado en Avenida Requegua N° 498, comuna de San Vicente de Tagua Tagua, en el marco de lo dispuesto en el artículo 161 del Código Tributario. Los antecedentes acompañados fueron los siguientes: 1. 2. 3. a la presentación antes referida

Acta de Denuncia N° 5 de fecha Copia de la Notificación folio N° 1324766; del

28 de marzo de 2013; Acta de Denuncia precedente,

Resolución Exenta N° 02 de fecha 14 de marzo de 2013, que resuelve deducir acción para perseguir la aplicación de la sanción pecuniaria contra Mil Castillo Habib; Informe N° 592 de fecha 27 de noviembre de 2012, del Departamento de Fiscalización de la VI Dirección Regional del Servicio de Impuestos Internos, emitido por la fiscalizadora Bárbara Navarro Valderrama; Cuaderno de Pruebas de 64 fojas, compuesto por los siguientes antecedentes: a. b. c. Diferencias de Impuestos Determinadas a M.C.H. por la fiscalizadora B.N.; Resumen de Declaraciones Mensuales y Determinación de Impuestos de M.C.H. emitido por la fiscalizadora B.N.; Registro FUT de M.C.H. emitido por la fiscalizadora B.N.;

d. e. f. g. h.

Declaración Jurada emitida por M.C.H. de fecha 9 de junio de 2011; Declaración Jurada emitida por Á.M.C. de fecha 8 de junio de 2011; Declaración Jurada Huerta de fecha 22 emitida por H. de agosto de 2012; S.

Anexo1: Solicitud Verificación de Documentos Tributarios Folio 86 de fecha 2 de octubre de 2012; Anexo 2: Informe Verificación de Documentos Tributarios Folio 93 de fecha 11 de octubre de 2012, emitido por C.V.G.; Factura N° 0049 emitida por Fresia Contreras RUT N° 5.884.181-1 a M.C.H.; G.

i. j. k. l.

Factura N° 000602 emitida por H.S.H.E.R.N.° 76.032.274-1 a M.C.H.; Fotocopia de la Factura N° 00602 emitida por H.S.H. a Fix Work Ingeniería Limitada; Fotocopia autorizada del libro de compras y ventas de H.S.H. donde consta la venta correspondiente a la Factura N° 00602; Factura N° 000158 emitida por Á.R.M.C., R.N.° 11.759.280-4 a M.C.H.; Fotocopia de la Factura N° 00158 emitida por Á.R.M.C. a Comercializadora y Servicios El Delirio S. A; Fotocopia autorizada del libro de compras y ventas de Á.R.M.C. donde consta la venta correspondiente a la Factura N° 00158 y 00159; Factura N° 000159 emitida por Á.R.M.C.R.N.° 11.759.280-4 a M.C.H.; Fotocopia de la Factura N° 00159 emitida por Á.R.M.C. a Comercializadora y Servicios El Delirio S. A; Factura Cartagena N° 000182 emitida por Á.R.M.R.N.°11.759.280-4 a M.C.H.;

p. q.

Fotocopia de la Factura Richard Muñoz Cartagena El Delirio S. A;

N° 00182 emitida por Á. a Comercializadora y Servicios t.

Fotocopia autorizada del libro de compras y ventas de Á.R.M.C. donde consta la venta correspondiente a la Factura N° 00182; Factura N°000208 emitida por Á.R.M.C.R.N.° 11.759.280-4 a M.C.H.; Fotocopia de la Factura N° 00208 emitida por Á.R.M.C. a Fundo El Delirio S.A.; Fotocopia autorizada del libro de compras y ventas de Á.R.M.C. donde consta la venta correspondiente a la Factura N° 00208; Factura N°000209 emitida por Á.R.M.C.R.N.° 11.759.280-4 a M.C.H.; Fotocopia de la Factura N° 000209 emitida por Á.R.M.C. a Comercializadora y Servicios El Delirio S. A; Fotocopia autorizada del libro de compras y ventas de Á.R.M.C. donde consta la venta correspondiente a la Factura N° 00209;

u. v. w.

x. y.

aa. Factura N° 000233 emitida por Á.R.M.C.R.N.° 11.759.280-4 a M.C.H.; bb. Fotocopia de la Factura N° 00233 emitida por Á.R.M.C. a Fundo El Delirio S. A; cc. Factura N° 000234 emitida por Á.R.M.C.R.N.° 11.759.280-4 a M.C.H.; dd. Fotocopia de la Factura N° 00234 emitida por Á.R.M.C. a Fundo El Delirio S. A; ee. F. autorizada del libro de compras y ventas de Á.R.M.C. donde consta la venta correspondiente a las Facturas N° 00233 y 00234 ff. Factura Cartagena N° 000246 emitida RUT N° 11.759.280-4 por Á.R.M. a M.C.H.;

gg. Fotocopia de la Factura N° 00246 emitida por Á.R.M.C. a Fundo El Delirio S. A;

hh. F. autorizada del libro de compras y ventas de Á.R.M.C. donde consta la venta correspondiente a la Factura N° 00246; ii. Factura N° 000247 emitida por Á.R.M.C.R.N.° 11.759.280-4 a M.C.H.; jj. Fotocopia de la Factura N° 00247 emitida por Á.R.M.C. a Fundo El Delirio S. A. (nula); kk. F. autorizada del libro de compras y ventas de Á.R.M.C. donde consta la venta correspondiente a la Factura N° 00247; ll. Factura N°000260 emitida por Á.R.M.C.R.N.° 11.759.280-4 a M.C.H.; mm. Fotocopia de la Factura N° 00260 emitida por Á.R.M.C. a Fundo El Delirio S. A; nn. F. autorizada del libro de compras y ventas de Á.R.M.C. donde consta la venta correspondiente a la Factura N° 00260; oo. Factura N° 000272 emitida por Á.R.M.C.R.N.° 11.759.280-4 a M.C.H.. 6. 7. Libro de Compras y Ventas del contribuyente de los períodos entre octubre de 2009 y abril de 2011, ambos inclusive; Impresiones de las bases informáticas de este Servicio correspondientes a las declaraciones mensuales de impuesto Formulario 29- correspondientes a los períodos tributarios de enero, marzo, noviembre y diciembre de 2010 y enero, febrero, marzo y abril de 2011.

DOS. El ACTA DE DENUNCIA N° 5 de fojas 3 y siguientes, que en su Capítulo I, denominado “Individualización del Infractor”, señala que la misma fue levantada en San Vicente de Tagua Tagua con fecha de 28 de marzo de 2013, por el funcionario, fiscalizador del Servicio de Impuestos Internos, don W.Á.M. en el marco de lo dispuesto en los artículos 1611 y 162 inciso tercero, del Código Tributario, en cumplimiento de lo ordenado por Res. Ex. N° 2 de 14 de marzo de 2013 del Jefe del Departamento Jurídico del mismo servicio, en contra del contribuyente don M.M.C.H., R.N.° 12.493.445-1, ya individualizado, por haber incurrido en infracción al artículo 974 inciso del Código Tributario, consistente en el aumento del crédito fiscal que, por concepto de Impuesto a las Ventas y Servicios, tenía derecho a imputar a sus débitos, provocando así una rebaja indebida y dolosa en el monto a enterar en arcas fiscales.

En el Capítulo II del acta aludida, denominado “Antecedentes del Procedimiento de Fiscalización”, se expone, que como antecedentes del proceso de fiscalización, para levantar el acta, se tuvo a la vista, el Informe N° 592 de fecha 27 de noviembre de 2012, del Departamento de Fiscalización de la VI Dirección Regional del Servicio de Impuestos Internos, emitido por la fiscalizadora B.N.V.; el Cuaderno con las pruebas reunidas durante la recopilación de antecedentes; y el Libro de compras y ventas del contribuyente de los períodos comprendidos entre octubre de 2009 y abril de 2011, ambos inclusive. Luego, en el Capítulo III, denominado “Conducta Constitutiva de la Infracción”, se señala que producto de la fiscalización desarrollada al contribuyente, se estableció que para los períodos tributarios de enero, marzo, noviembre y diciembre de 2010, y enero, febrero, marzo y abril de 2011, éste aumentó en forma indebida los créditos fiscales de impuesto a las ventas y servicios que tenía derecho a hacer valer, señalándose también, que dicho aumento se ejecutó a través de la obtención de facturas falsas, las cuales registró en su libro de compras y ventas con el propósito de rebajar el impuesto a las ventas y servicios que debió pagar por las operaciones realizadas en los meses mencionados. Luego el acta da cuenta, de que la fiscalización respectiva, tuvo su origen en una información recibida desde el Ministerio Público de Rancagua, el que con fecha 25 de mayo de 2011, comunicó la detención de don J.P.C.O., R.N. 15.420.2897, a quien le fue encontrada en su domicilio, una gran cantidad de talonarios de facturas, las que eran comercializadas por él. En el documento se señala también, que con las facturas encontradas se confeccionó un listado que contenía, en lo pertinente, nombre y datos de 23 contribuyentes pertenecientes a la VI Dirección - Regional Rancagua, entre los cuales aparecía como receptor de facturas falsas, según indica el propio fiscalizador, el contribuyente don M.M.C.H., quien habría recibido la factura N° 202 a nombre de Á.M.C., la cual no se encontró registrada en su libro de compras y ventas, pero si se encontraron registradas 13 facturas que presentan las mismas características de aquellas incautadas a J.C.O..

El detalle de las 13 facturas, conforme se describe en el acta, es el que se muestra en el cuadro siguiente:

(Cuadro N° 1)

R UT 1 .759.280-4 1 1 .759.280-4 1 1 .759.280-4 1 1 .759.280-4 1 1 .759.280-4 1 1 .759.280-4 1 1 .759.280-4 1 1 .759.280-4 1 1 .759.280-4 1 1 .759.280-4 1 1 .759.280-4 1 76.032.274-1 5.884.1 -1 81 N OM B R E P R OVEED OR A NGEL RICHA RD M UNOZ CA RTA GENA A NGEL RICHA RD M UNOZ CA RTA GENA A NGEL RICHA RD M UNOZ CA RTA GENA A NGEL RICHA RD M UNOZ CA RTA GENA A NGEL RICHA RD M UNOZ CA RTA GENA A NGEL RICHA RD M UNOZ CA RTA GENA A NGEL RICHA RD M UNOZ CA RTA GENA A NGEL RICHA RD M UNOZ CA RTA GENA A NGEL RICHA RD M UNOZ CA RTA GENA A NGEL RICHA RD M UNOZ CA RTA GENA A NGEL RICHA RD M UNOZ CA RTA GENA HEM A RDO SA NCHEZ HUERTA E.J.R.L. FRESIA CONTRERA S GA LVEZ T O T A LE S F EC H A 28-01 -201 0 28-01 -201...

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