Resolución de Tribunal de la Propiedad Industrial, de 19 de Febrero de 2013 (Rol Nº 001514-2012) - Jurisprudencia - VLEX 494269234

Resolución de Tribunal de la Propiedad Industrial, de 19 de Febrero de 2013 (Rol Nº 001514-2012)

Presidente del tribunalAdministrativo
EmisorTribunal de Propiedad Industrial
MateriaDerecho Mercantil y de la Empresa
Número de expediente975068
Fecha19 Febrero 2013

Santiago, diecinueve de febrero del año dos mil trece.-

Vistos:

A fojas 1, se solicitó el registro de la marca denominativa “BRAVO ENERGY” por Bravo Energy Chile S.A., para distinguir servicios financieros en general.

Operaciones de crédito y financiamiento. P. financieros. Análisis financiero;

operaciones de compensación financiera y bancaria; negocios financieros y monetarios. Servicios asesorías, consultas e informaciones en materias financieras.

Corretaje y cotizaciones en bolsa, transferencia electrónica de fondos, emisión de bonos de valores. Inversión, colocación y constitución de fondos y capitales,

depósito de valores, transacciones financieras. Servicios de cobranza judicial y prejudicial de deudas y alquileres. Asesorías, consultas e informaciones, por cualquier medio, en materias económicas, financieras, inversiones, hipotecarios,

bursátiles, monetarias y crediticias. Servicios prestados por economistas y otros profesionales en las áreas de las finanzas. Servicios de corretaje y liquidadores de seguros, incluyendo seguros marítimos, de vida, de enfermedad, contra accidentes, contra incendio. Estimaciones en materia de seguros. Asesorías,

consultas e informaciones, por cualquier medio, en materia de seguros. Servicios inmobiliarios en general, incluyendo administración, gestión, arrendamiento y corretaje de inmuebles. Información en materia de servicios y negocios inmobiliarios, incluyendo información en materia de créditos hipotecarios, leasing habitacional, bienes raíces, ofertas y disponibilidad de todo tipo de inmuebles.

Alquiler de habitaciones, alquiler de apart-hotel, alquiler de departamentos.

Administración de centros comerciales, moteles y hoteles. Asesorías, consultas e informaciones, por cualquier medio, en materias inmobiliarias, de la clase 36;

A fojas 30, en ejercicio de la facultad conferida por el artículo 22 de la Ley 19.039,

el Director Nacional del Instituto Nacional de Propiedad Industrial por resolución de fecha veintinueve de agosto del año dos mil doce, rechazó de oficio dicha solicitud fundado en el artículo 19 y en las causales de irregistrabilidad contenidas en las letras f) y h) del artículo 20 de la Ley de Propiedad Industrial, por el registro inscrito bajo el N° 801.564, correspondiente a la marca denominativa “BRAVO”,

que distingue servicios financieros y relacionados, especialmente servicios de tarjetas de crédito; servicios de underwriting y servicios...

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