Decisión nº C955-15, de Consejo de Transparencia de 23 de Junio de 2015 - Doctrina Administrativa - VLEX 580913514

Decisión nº C955-15, de Consejo de Transparencia de 23 de Junio de 2015

Fecha de Resolución23 de Junio de 2015
TipoDocumentos Oficiales
MateriaCompras y Licitaciones
TemaMunicipalidades, Otros, especificar

DECISIÓN AMPARO ROL C955-15

Entidad pública: Municipalidad de Vichuquén.

Requirente: Clara Rivera Beltrán.

Ingreso Consejo: 05.05.2015.

En sesión ordinaria N° 625 de su Consejo Directivo, celebrada el 23 de junio de 2015, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley N° 20.285, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información pública Rol C955-15.

VISTO:

Los artículos , inc. , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de las Leyes N° 20.285 y N° 19.880; lo previsto en el D.F.L. N° 1-19.653, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575; y los D.S. N° 13/2009 y N° 20/2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el Reglamento del artículo primero de la Ley N° 20.285, en adelante el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) Que, con fecha 02 de abril de 2015, doña Clara Rivera Beltrán realizó una presentación a la Municipalidad de Vichuquén, ingresada bajo el código N° MU333T0000067, a través de la cual requirió, copia autorizada por el Secretario Municipal de los siguientes antecedentes:

a) Licitación y adjudicación, o en su defecto contrato de obra directa sin licitación, de todos los trabajos efectuados en la Playa Paula del Lago Vichuquén, entre el 1 de enero de 2014 y el 31 de marzo de 2015;

b) Especificación de fuente de financiamiento de los gastos para efectuar dichos trabajos;

c) Copias de decretos de pago de dichos trabajos; y,

d) Comprobantes y fuente de financiamiento por concepto de pagos de la electricidad de los kioskos particulares comerciales instalados en la playa Paula del Lago de Vichuquén, por el período que va del 1 de enero de 2014 y hasta el 31 de marzo de 2015.

2) Que, por medio de Ordinario N° 243, de 04 de mayo de 2015, remitido con misma fecha al correo electrónico de la reclamante, la Municipalidad de Vichuquén comunicó de la prórroga del plazo del artículo 14, inciso 2 de la Ley de Transparencia. Posteriormente, y por medio de Ordinario N° 277 de 14 de mayo de 2015, remitido con la misma fecha al correo electrónico de la reclamante, la Municipalidad de Vichuquén...

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