Resolución de Tribunal de la Propiedad Industrial, de 3 de Julio de 2014 (Rol Nº 000547-2014)
Fecha de Resolución | 3 de Julio de 2014 |
Emisor | Tribunal de Propiedad Industrial |
Santiago, tres de julio del año dos mil catorce.-
Vistos:
A fojas 1, se solicitó el registro de la marca mixta “CONTACT CHILE”
por Contactchile Gestiones Interculturales Ltda, para servicios de reserva y
organización de alojamiento para viajeros; a agencias de alojamiento; alquiler de
alojamiento temporal; reserva de alojamiento temporal; servicios prestados para
procurar alojamiento, albergue y comida para hoteles, pensiones y campamentos
turísticos; servicios de reservas de habitaciones de hotel a través de agencias de
viajes o de intermediarios, de la clase 43;
A fojas 24, en ejercicio de la facultad conferida por el artículo 22 de la Ley 19.039,
el Director Nacional del Instituto Nacional de Propiedad Industrial por resolución de
fecha ocho de enero del año dos mil catorce, rechazó de oficio dicha solicitud
fundado en el artículo 19 y en la causal de irregistrabilidad contenida en la letra e)
del artículo 20 de la Ley de Propiedad Industrial;
Con lo relacionado y considerando,
-
- Que, el rechazo se funda en que el signo solicitado es indicativo, de uso
general en el comercio para designar cierta clase de servicios, no presenta carácter
distintivo o describe aquellos a que debe aplicarse;
-
- Que, el conjunto pedido está formado por dos expresiones “CONTACT” y
CHILE
, que de forma conjunta y con los elementos figurativos que la conforman,
le otorgan fisonomía propia con la distintividad intrínseca necesaria para obtener
protección marcaria en relación con la cobertura solicitada, lo que permite su
adecuada identificación en el mercado;
-
- Que, por lo anterior, cabe estimar atendibles los fundamentos del recurso de
apelación deducido a fojas 28.
Por tanto y de acuerdo con lo previsto en los artículos 16, 17 bis B), 19, 20 letra e)
y 22 de la Ley de Propiedad Industrial, se revoca la...
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