INFORME FINAL 1-2014 DAEM MUNICIPALIDAD DE ARICA AUDITORIA DE INGRESOS Y GASTOS-SEPTIEMBRE 2014 - Doctrina Administrativa - VLEX 565134506

INFORME FINAL 1-2014 DAEM MUNICIPALIDAD DE ARICA AUDITORIA DE INGRESOS Y GASTOS-SEPTIEMBRE 2014

Fecha de Resolución 3 de Septiembre de 2014
EmisorRegional Arica y Parinacota
ServicioDEPARTAMENTO DE EDUCACION MUNICIPAL DE ARICA
Número de informe1/2014
SectorMunicipios y Corporaciones de la Región
Tipo de informeInforme Final de Auditoría
NivelRegional
  1. Sobre lo expuesto en el numeral 1, del acápite de Control Interno, respecto a la falta de uniformidad en la contabilización de los ingresos por concepto de subvenciones de "Ley Referencial N° 19.933", el DAEM deberá remitir a esta Contraloría Regional los documentos que acrediten la instrucción e implementación del seguimiento del análisis contable-financiero de los ingresos del año 2014 de la subvención indicada.:

  2. En relación a la falta de inutilización de las facturas pagadas, situación observada en el numeral 3 del acápite I, el DAEM deberá remitir a esta Contraloría Regional las instrucciones impartidas a los funcionarios en cuanto al nuevo procedimiento de inutilización de las facturas, así también, acreditar la inutilización de los documentos del año 2013 que fueron observados en este informe.

  3. En cuanto a la ausencia de procedimiento de reembolso, rendiciones y reintegros, situación observada en el numeral 4 del acápite de Control interno y en el punto 4 del Examen de Cuentas, el DAEM deberá remitir el Manual de Procedimientos Operación de Fondos Globales en Efectivo, incluyendo el procedimiento relacionado con las compras vías reembolsos rendiciones y reintegros por parte de los directores de los establecimientos educacionales.

  4. Respecto a la ausencia de la fecha de recepción de las facturas, indicada en el numeral 5 del ítem I, esa entidad deberá remitir la formalización de la instrucción del uso del timbre, y enviar los documentos que acrediten su utilización.

  5. En cuanto a las deficiencias detectadas en la bodega del DAEM, sobre la falta de formalización del procedimiento de recepción de bienes, observada en el numeral 6 del acápite de Control Interno, el DAEM deberá formalizar el procedimiento de recepción y despacho de los bienes en bodega.:

  6. Relativo a lo observado en el numeral 7 del ítem I, sobre el resguardo de los bienes en bodega del DAEM, esa entidad deberá remitir los antecedentes que acrediten la implementación de las medidas informadas, las cuales dicen relación con la instalación de extintores en el interior de la bodega y cámaras de seguridad.

  7. En cuanto a las deficiencias en el proceso de compra vía trato directo, observadas en las letras a), b) y c) del número 1, del acápite II, sobre Examen de Cuentas, relativas a la falta de justificación para la modalidad de trato directo, sobre el tiempo transcurrido para realizar la compra y la falta de adopción de medidas para cumplir con la normativa, el DAEM deberá...

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