INFORME FINAL 12 - 13 MUNICIPALIDAD DE MAULE AUDITORIA DE TRANSACCIONES - AGOSTO 2013 - Doctrina Administrativa - VLEX 565152674

INFORME FINAL 12 - 13 MUNICIPALIDAD DE MAULE AUDITORIA DE TRANSACCIONES - AGOSTO 2013

Fecha de Resolución27 de Agosto de 2013
EmisorRegional Maule
ServicioMUNICIPALIDAD DE MAULE
Número de informe12/2013
SectorMunicipios y Corporaciones de la Región
Tipo de informeInforme Final de Auditoría
NivelRegional

Atendidas las consideraciones expuestas durante el desarrollo del presente trabajo, corresponde concluir que las medidas implementadas por esa entidad han permitido salvar algunas observaciones incluidas en el Preinforme de esta Contraloría Regional, en tanto otras se mantienen, según lo que sigue, respecto de unas y otras:

  1. Las observaciones contenidas en el capítulo I, número 7, sobre rendiciones de cuentas; capítulo II, número 2.1.2, letra a); sobre modificaciones presupuestarias; y capítulo IV, número 4.5.4, sobre el registro contable de los camiones, se dan por subsanadas considerando las explicaciones y antecedentes aportados por la entidad.

  2. En relación a las observaciones contenidas en el capítulo I, número 1, sobre Plan de Organización, el municipio deberá adoptar las acciones necesarias a fin de contar con un reglamento interno y organigrama actualizado y debidamente aprobado, en el cual se describan las unidades y sus funciones que se desarrollan en esa entidad edilicia.:

  3. En lo que respecta al mismo capítulo, número 2, sobre procedimientos y métodos, letras a), b), c) y d), sobre manuales de procedimiento, manuales de adquisiciones, publicación en el sistema de información de compras públicas, y sobre el plan anual de compras, corresponde que la autoridad comunal adopte las medidas para elaborar los manuales de procedimiento sobre principales rutinas administrativas y para establecer controles orientados a asegurar el uso obligatorio del sistema de información de compras públicas y concrete e implemente formalmente las medidas comunicadas referidas a la elaboración del manual de compras, actualización del reglamento de compras a la ley N° 19.886 y a elaboración del plan de compras que el artículo 12 de dicha ley obliga a confeccionar, debiendo informar fundadamente de ello a este Organismo de Control, en un plazo máximo de 60 días.

  4. Sobre el numeral 3 del citado capítulo, relacionado con Permisos de Circulación, esa municipalidad deberá arbitrar las medidas pertinentes con el propósito de contar con un manual de procedimiento sobre la materia en análisis, y fortalecer los controles respecto de la administración de la documentación, folios y registros de permisos entregados a vehículos de otras comunas.

  5. En cuanto al numeral 4, referido a Garantías y Multas, corresponde que la Municipalidad de Maule establezca formalmente un procedimiento donde se describan las principales rutinas administrativas referidas al ingreso...

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