INFORME FINAL 13-2013 MUNICIPALIDAD DE ANTOFAGASTA EXAMEN DE CUENTAS A LOS INGRESOS PROPIOS Y DERECHOS POR CONCEPTO DE PERMISOS DE EDIFICACION - AGOSTO 2013
Fecha de Resolución | 30 de Agosto de 2013 |
Emisor | Regional Antofagasta |
Servicio | MUNICIPALIDAD DE ANTOFAGASTA |
Número de informe | 13/2013 |
Sector | Municipios y Corporaciones de la Región |
Tipo de informe | Informe Final de Auditoría |
Nivel | Regional |
Atendidas las consideraciones expuestas durante el desarrollo del presente trabajo, cabe concluir lo siguiente:
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La Municipalidad de Antofagasta aportó antecedentes que permitieron subsanar las observaciones consignadas en los numerales 1.3 a), 1.3 b), 1.4 y 1.5 b), del apartado I, referente al cobro de los menores derechos municipales percibidos, dada la categorización de los proyectos. Respecto de aquellas observaciones que se mantienen, la Autoridad Edilicia deberá adoptar las medidas que permitan regularizar lo representado, con apego a las normas legales y reglamentarias aplicables en la especie, entre las cuales se estima necesario considerar, a lo menos, las siguientes acciones: SOBRE ASPECTOS DE CONTROL INTERNO 2. Respecto de las situaciones representadas en los numerales 1.1 y 1.2 del apartado I, del presente Informe Final, referidas a las debilidades presentadas en los controles de acceso y de los módulos de los sistemas de Tesorería y Derechos Varios de esa entidad edilicia, la autoridad comunal deberá acreditar la regularización de las debilidades advertidas, y asimismo disponer los controles que le permitan mantener actualizado y vigentes en forma permanente los perfiles de acceso a los sistemas y el manejo de sus menús conforme a sus labores y necesidades de uso. EXAMEN DE CUENTAS 3. En referencia a las observaciones 1.1, 1.2, 1.5 a) del acápite II, referentes a los ingresos no percibidos por unidades repetidas, la incorrecta evaluación y designación de los metros cuadrados en la categorías correspondientes a las áreas destinadas a la unidad habitacional, y la falta de consideración de 988,68 m2 construidos, esa entidad deberá remitir a este Organismo de Control, un informe con el objeto de fundar la categorización B-3 dada al proyecto "Condominio Bahía Blanca" dentro de un plazo de 30 días hábiles contados desde la fecha del presente informe final. Sin perjuicio de lo anterior, deberá proceder al cobro de la suma de $ 23.491.098.-, si ella resulta procedente, luego de esclarecer la citada categorización.
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Respecto de la observación descrita al punto N° 2, del capítulo II, relativa a la indebida exención concedida en el permiso de edificación otorgado al colegio Newland Baptist College, la autoridad alcaldicia deberá disponer las medidas conducentes a recuperar los derechos municipales asociados a los permisos de edificación por la suma total de $ 4.060.265.- Y ajustarse, en lo sucesivo, a lo previsto la citada ley N° 19.532...
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