INFORME FINAL 14-13 CORPORACION MUNICIPAL DE MAIPU - PROGRAMA FAGEM - AGOSTO 2013 - Doctrina Administrativa - VLEX 565152130

INFORME FINAL 14-13 CORPORACION MUNICIPAL DE MAIPU - PROGRAMA FAGEM - AGOSTO 2013

Fecha de Resolución 7 de Agosto de 2013
EmisorMunicipalidades
ServicioCORPORACION MUNICIPAL MAIPU
Número de informe14/2013
Tipo de informeInforme Final de Auditoría
NivelCentral

Atendidas las consideraciones expuestas durante el desarrollo del presente trabajo, la Corporación Municipal de Servicios y Desarrollo de Maipú ha aportado antecedentes e iniciado acciones que han permitido salvar dos de las situaciones planteadas en el Preinforme de Observaciones N° 14, de 2013. En efecto, lo señalado en los capítulos I, aspectos de control interno, numeral 3, ausencia de fiscalización de la dirección de control de la Municipalidad de Maipú; y, II, examen de la materia auditada, numeral 5, cumplimiento del instructivo operativo del Ministerio de Educación, punto 5.2, sobre cumplimiento del envío de estado de avance y resultado del programa de Mejoramiento de la Gestión de Educación Municipal, se dan por subsanadas, considerando las explicaciones y antecedentes aportados por la entidad. Respecto de aquellas observaciones que se mantienen, se deberán adoptar medidas con el objeto de dar estricto cumplimiento a las normas legales y reglamentarias que las rigen, entre las cuales se estima necesario considerar, a lo menos, las siguientes:

  1. - Respecto al capítulo II, examen de la materia auditada, numeral 2, transferencia corriente-ejecución, punto 2.1.1, desembolsos no contemplados en iniciativa "gestión de recursos", referido al pago de honorarios a don Abraham José Kuschnir, con cargo al Fondo de Mejoramiento de la Gestión en Educación, por $ 2.393.741.-, esa corporación deberá abstenerse, en lo sucesivo, de incurrir en gastos no contemplados en las iniciativas aprobadas por el Ministerio de Educación en cada período, debiendo efectuar los ajustes necesarios a fin de solventar el gasto referido con recursos propios y restituir la suma anotada al Ministerio de Educación; así como obtener del prestador la entrega de un informe detallado de las actividades desarrolladas, de acuerdo a lo establecido en la cláusula cuarta del contrato a honorarios, lo que deberá ser acreditado a esta Entidad Fiscalizadora, en el término de 60 días hábiles. Sobre el punto 2.2.1, desembolsos no contemplados en las iniciativas, letras a), b) y c), gastos día del profesor, $ 321.300.-, proyecto de asesoría de planificación escolar — etapa 1, por $ 2.500.000.- y gastos ajenos a convenio para becas preuniversitario, por $ 360.000.-, respectivamente, esa corporación municipal deberá establecer los mecanismos necesarios a fin de controlar que los desembolsos efectuados con cargo a programas específicos se ajusten a los fines para los cuales fueron...

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