INFORME FINAL 172-13 GENDARMERIA DE CHILE PROGRAMA DE REHABILITACION Y REHINSERCION SOCIAL - FEBRERO 2014 - Doctrina Administrativa - VLEX 565132334

INFORME FINAL 172-13 GENDARMERIA DE CHILE PROGRAMA DE REHABILITACION Y REHINSERCION SOCIAL - FEBRERO 2014

Fecha de Resolución20 de Febrero de 2014
EmisorAuditoría Administrativa
ServicioGENDARMERIA DE CHILE
Número de informe172/2013
Tipo de informeInforme Final de Auditoría
NivelCentral

Atendidas las consideraciones expuestas durante el desarrollo del presente trabajo, Gendarmería de Chile ha aportado antecedentes e iniciado acciones que han permitido salvar parte de las situaciones planteadas en el preinforme de observaciones N° 172, de 2013. No obstante lo anterior, en mérito de las situaciones objetadas en el presente informe, la entidad deberá instruir un proceso sumarial con el objeto de determinar las eventuales responsabilidades administrativas de los funcionarios involucrados en los hechos que se indican a continuación, remitiendo dentro del plazo de 15 días hábiles contados desde la recepción del presente informe final, el acto administrativo que ordene el inicio de los procesos y designe al fiscal correspondiente: a) Falta de antecedentes que respalden las discrepancias determinadas en la entrega y distribución de los artículos de difusión de los Programas "PANAR" y Hoy es mi tiempo". (Acápite II, numeral 1). b) Inexistencia de evaluaciones a través de las cuales se acredite el logro de los objetivos contemplados en la ejecución del Programa Arte Educador Intrapenitenciario 2012. (Acápite III, numeral 2). En relación con los otros hechos observados, Gendarmería de Chile deberá implementar procedimientos tendientes a dar estricto cumplimiento a las normas legales y reglamentarias que las rigen, las que deberán considerar, entre otras, las siguientes acciones:

  1. Mejorar el sistema informático de control y registro de inventario físico de los bienes y de los lugares de acopio de los mismos, además de mantener actualizadas las recargas de los extintores disponibles para emergencias. (Acápite I, numeral 1.1).

  2. Instruir en orden a que la utilización los test psicológicos se realice conforme a la necesidad de compra del servicio (Acápite I, numeral 1.2).

  3. Efectuar un control oportuno de las boletas de garantía, de manera tal, que aquellas que han cumplido con el período suscrito para respaldar las obligaciones contraídas, se endosen o liberen en las fechas que corresponden. (Acápite I, numeral 1.2).

  4. Identificar la procedencia de los depósitos observados los cuales a la fecha del presente informe no presentaban datos respecto de su origen. Además, se deberán implementar los procedimientos pertinentes con el fin...

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