INFORME FINAL 180-12 FUERZA AÉREA DE CHILE AUDITORÍA EFECTUADA EN LA DIRECCIÓN DE FINANZAS - AGOSTO 2014 - Doctrina Administrativa - VLEX 565135078

INFORME FINAL 180-12 FUERZA AÉREA DE CHILE AUDITORÍA EFECTUADA EN LA DIRECCIÓN DE FINANZAS - AGOSTO 2014

Fecha de Resolución19 de Agosto de 2014
EmisorAuditoría Administrativa
ServicioFUERZA AEREA DE CHILE
Número de informe180/2012
Tipo de informeInforme Final de Auditoría
NivelCentral

En mérito de lo expuesto en el presente Informe Final, cabe concluir que la Dirección de Finanzas de la Fuerza Aérea de Chile, ha aportado antecedentes e iniciado acciones que permiten subsanar parte de las observaciones planteadas en el Preinforme de Observaciones N° 180, de 2012. No obstante, se mantienen otros hechos observados, respecto de los cuales, el servicio deberá implementar procedimientos tendientes a optimizar el sistema de control interno, considerando, a lo menos, las siguientes medidas:

  1. Mantener a disposición los contratos modificados de las empresas SEREM Ltda.:

    y SELIMP Ltda., para su revisión. (Acápite I. Contratos de Servicios, numeral 1).

  2. Sancionar, mediante el acto administrativo pertinente, la renovación del contrato de servicio de aseo de la empresa SELIMP Ltda.:

    con las 14 Unidades FACH que son centros de costos de la Dirección de Finanzas, cumpliendo con lo preceptuado en el artículo 3 de la ley N° 19.880, de Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado. (Acápite I. Contratos de Servicios, numeral 2).

  3. Tener disponible para su revisión la orden de compra que respalda el pago adicional ascendente a los $ 856.800, por los servicios de aseo a la empresa Selimp Ltda.:

    (Acápite 1. Contratos de Servicios, numeral 2).

  4. Incluir en las actas de adjudicación, todas las unidades o departamentos involucrados en las licitaciones efectuadas por la Entidad (Acápite I. Contratos de Servicios, numeral 3).

  5. Dictar los actos administrativos respectivos de manera que quede constancia de las visitas de autoridades extranjeras y actividades institucionales derivadas de la necesidad de exteriorización del Servicio y que son imputados al ítem presupuestario de "Gastos de Representación, Protocolo y Ceremonial", en conformidad a lo consignado en el referido artículo 3, de la ley N° 19.880, precitada, sin perjuicio del cumplimiento de las disposiciones sobre la administración de estos gastos que imparte la resolución FACH (C.J) N° E0045, de 2012 (Acápite II. Gastos de Representación, numeral 1).

  6. Dar cabal cumplimiento a las instrucciones presupuestarias impartidas por el Ministerio de Hacienda, sobre gastos de representación, de manera que los desembolsos asociados sean rendidos fundada y fehacientemente, ajustándose a los requisitos contemplados en éstas y a lo dispuesto sobre la materia en el Manual de Procedimientos Administrativos-Contables del Sistema de...

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