INFORME FINAL 184-2013 SUBSECRETARÍA DE RELACIONES EXTERIORES AUDITORIA AL PROGRAMA DE POLÍTICA CULTURAL - MARZO 2014
Fecha de Resolución | 7 de Marzo de 2014 |
Emisor | Auditoría Administrativa |
Servicio | SUBSECRETARIA DE RELACIONES EXTERIORES |
Número de informe | 184/2013 |
Tipo de informe | Informe Final de Auditoría |
Nivel | Central |
La Subsecretaría de Relaciones Exteriores, ha aportado antecedentes e iniciado acciones correctivas, las cuales han permitido salvar parte de las observaciones planteadas en el preinforme de observaciones N° 184, de 2013. En relación con las situaciones que se mantienen o cuyas medidas serán implementadas posteriormente, la dirección de la entidad deberá adoptar acciones concretas, con el objeto de dar estricto cumplimiento a las normas legales y reglamentadas que las rigen, cautelando y administrando debidamente la utilización de sus recursos. En consecuencia, procede que efectúe, a lo menos, las siguientes:
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Efectuar las actas que den cuenta de la realización de las mesas de coordinación entre el Ministerio de Relaciones Exteriores y el Consejo Nacional de la Cultura y las Artes, acorde a lo expresado en la observación N° 2 de la sección de Aspectos de Control Interno, y al tenor de lo consignado en la cláusula cuarta de los reseñados convenios, así como con lo previsto en el artículo 3°, de la ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, y con lo dispuesto en la letra b), capítulo I, sobre normas específicas de control interno, contenidas en la resolución exenta N° 1.485, de 1996, de este Organismo de Control.
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Establecer nuevos plazos en los convenios que se suscriben entre el Consejo Nacional de la Cultura y las Artes y el Ministerio de Relaciones Exteriores, en lo relativo a la entrega de los informes de actividades, conforme a lo señalado en la observación N° 1 del acápite de Aspectos de Control Interno, en concordancia a lo consagrado en los artículos 3° y 11 de la ley N° 18.575.
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Dictar los actos administrativos correspondientes, que fundamenten los criterios aplicados para la entrega de los recursos, según lo mencionado en la observación N° 4 del acápite de Aspectos de Control Interno, de modo de dar cumplimiento a lo preceptuado en el artículo 3° de la ley N° 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado.
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Elaborar el instructivo y los procedimientos internos que regulen el proceso de asignación directa de fondos, de acuerdo a lo indicado en la observación N° 3 de la sección de Aspectos de Control Interno, y N° 4 de Examen de Cuentas, a objeto de ceñirse a lo consignado en los artículos 3° y 11 de la citada ley N° 18.575.
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Incluir la carta de garantía en el desarrollo del proceso de entrega de...
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