INFORME FINAL 20-14 CORPORACIÓN MUNICIPAL DE MELIPILLA PROGRAMA DE INTEGRACIÓN ESCOLAR-JUNIO 2014 - Doctrina Administrativa - VLEX 565136374

INFORME FINAL 20-14 CORPORACIÓN MUNICIPAL DE MELIPILLA PROGRAMA DE INTEGRACIÓN ESCOLAR-JUNIO 2014

Fecha de Resolución24 de Junio de 2014
EmisorMunicipalidades
ServicioCORPORACION MUNICIPAL MELIPILLA
Número de informe20/2014
Tipo de informeInforme Final de Auditoría
NivelCentral

Atendidas las consideraciones expuestas durante el desarrollo del presente trabajo, la Corporación Municipal de Melipilla para la Educación, Salud, Atención de Menores, Deportes y Recreación, ha aportado antecedentes e iniciado acciones que han permitido salvar diversas observaciones planteadas en el Preinforme de Observaciones N° 20, de 2014. En efecto, las observaciones señaladas en el capítulo 11, examen de la materia auditada, numeral 2.3, alumnos beneficiarios del programa, relacionado con la falta del formulario evaluación psicopedagógica y curricular e informe a la familia; 2.5 antecedentes de los profesionales contratados referente a las profesionales, señoras y se dan por subsanadas, considerando las explicaciones y antecedentes aportados por la entidad. Luego, acerca de lo mencionado en el capítulo 1, aspectos de control interno, numeral 1, sobre la inexistencia de una unidad de control interno, se recomienda a la corporación implementar dicha unidad, y de este modo, efectuar periódicamente fiscalizaciones al programa de educación de que se trata, financiado con recursos externos, para un mejor control de los mismos. Asimismo, relativo al numeral 3.2, registro y depósito, del capítulo 11, examen de la materia auditada, se estima oportuno recomendar a la entidad privada, la conveniencia de contar con una cuenta corriente especial para la administración de los recursos del programa de integración escolar, para efectos de optimizar el control por separado, de los ingresos percibidos por este concepto y su aplicación, de aquellos recursos procedentes de otras fuentes. Respecto de aquellas observaciones que se mantienen, se deberán adoptar medidas con el objeto de dar estricto cumplimiento a las normas legales y reglamentarias que las rigen, entre las cuales, se estima necesario considerar, a lo menos, las siguientes: 1) En lo que concierne a la observación formulada en el capítulo 1, aspectos de control interno, numeral 2, sobre la inexistencia de manuales de procedimiento, la corporación municipal deberá confeccionar dichos instrumentos, con el fin de definir claramente las líneas de autoridad y responsabilidad en el desarrollo de sus operaciones, lo que será verificado en futuras fiscalizaciones que este Organismo de Control efectúe en esa entidad. 2) Referente a lo planteado en el capitulo 11,examen de la materia auditada, numeral 2.1, convenio de integración escolar comunal, letra a), acerca de los compromisos asumidos por el...

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