INFORME FINAL 200-13 SUBSECRETARIA DE EDUCACIÓN - TRANSFERENCIAS A LA UNIVERSIDAD DE CHILE - AGOSTO 2014 - Doctrina Administrativa - VLEX 565135626

INFORME FINAL 200-13 SUBSECRETARIA DE EDUCACIÓN - TRANSFERENCIAS A LA UNIVERSIDAD DE CHILE - AGOSTO 2014

Fecha de Resolución29 de Agosto de 2014
EmisorAuditoría Administrativa
ServicioSUBSECRETARIA DE EDUCACION
Número de informe200/2013
Tipo de informeInforme Final de Auditoría
NivelCentral

Atendidas las consideraciones expuestas durante el desarrollo del presente trabajo, tanto el Ministerio de Educación como la Universidad de Chile han aportado antecedentes y en algunos casos, han propuesto medidas para corregir las situaciones planteadas en el preinforme de observaciones N° 200, de 2013. Enseguida, en mérito de los hechos de que da cuenta el presente informe final, contenidos en el acápite II, de Examen de Cuentas, numerales 1.1; 1.3.3, letras a), b) y c); y 2, letras a), b) y c), esta Contraloría General dará inicio a un sumario administrativo para determinar las eventuales responsabilidades administrativas de los funcionarios de esa casa de estudios que hayan participado en tales actuaciones. A su vez, respecto de aquellas objeciones que se mantienen, se deberán adoptar medidas con el propósito de dar estricto cumplimiento a las normas legales y reglamentarias que las rigen, entre las cuales se estima necesario considerar, a lo menos, las siguientes: MINISTERIO DE EDUCACIÓN 1. Confeccionar y aprobar mediante un acto administrativo un manual para regular los convenios y/o transferencias de fondos a la Universidad de Chile, velando por el cumplimiento de los principios de eficiencia y eficacia y el debido resguardo del patrimonio público, de acuerdo con lo consagrado en los artículos y , de la aludida ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado (acápite I, sobre Aspectos de Control Interno, numeral 1.1).

  1. Evaluar, incluir dentro de la planificación anual de la Unidad de Auditoría Interna revisiones a los recursos transferidos a la referida institución educacional para la ejecución del programa denominado "Actividades de Interés Nacional" en armonía con lo previsto en los artículos 3° y 5°de la citada ley N° 18.575 (acápite I, sobre Aspectos de Control Interno, numeral 1. 2).

  2. Dar cumplimiento en lo establecido en el convenio de transferencias en cuanto a exigir, revisar, aprobar o rechazar los informes de rendiciones de cuentas presentados por la Universidad de Chile, conforme lo exige la resolución N° 759, de 2003, de esta Organismo Fiscalizador, que Fija Normas de Procedimiento sobre Rendición de Cuentas (acápite I, sobre Aspectos de Control Interno, numeral 1.3). UNIVERSIDAD DE CHILE 1. Implementar un Manual de Procedimientos fijando las directrices que permitan definir los parámetros a considerar por las distintas facultades con el objetivo de efectuar una rendición...

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