INFORME FINAL 21-14 GOBIERNO REGIONAL DE COQUIMBO SOBRE AUDITORÍA A LOS PROGRAMAS FINANCIADOS CON CARGO AL 2% DEL FONDO NACIONAL DE DESARROLLO REGIONAL - DICIEMBRE 2014 - Doctrina Administrativa - VLEX 565134106

INFORME FINAL 21-14 GOBIERNO REGIONAL DE COQUIMBO SOBRE AUDITORÍA A LOS PROGRAMAS FINANCIADOS CON CARGO AL 2% DEL FONDO NACIONAL DE DESARROLLO REGIONAL - DICIEMBRE 2014

Fecha de Resolución23 de Diciembre de 2014
EmisorRegional Coquimbo
ServicioGOBIERNO REGIONAL COQUIMBO
Número de informe21/2014
SectorGobierno Regional
Tipo de informeInforme Final de Auditoría
NivelRegional

Atendidas las consideraciones expuestas durante el desarrollo del presente trabajo, el Gobierno Regional de Coquimbo ha aportado antecedentes e iniciado acciones que han permitido salvar parte de las situaciones planteadas en el Preinforme de Observaciones N° 21, de 2014. No obstante, en cuanto a lo mencionado en el acápite “Examen de Cuentas”, numerales 2.4, 2.6, 2.7, 3.2, 3.3 y 3.4, acerca de los proyectos “Clan Calanca”; “Concurso un himno para la región de Coquimbo”, “Seminario Internacional de Editorescritores, región de Coquimbo”; “Academias deportivas colegios municipales de La Serena”; “Jóvenes representan a la región de Coquimbo, Worlds Cheerleaders Orlando, USA” y “Participación en la Segunda Liga Regional de basquetbol”, respectivamente, como asimismo, en el apartado “Examen de la Materia Auditada”, numerales 2.1 y 2.2, sobre las iniciativas no admisibles por el CORE, falta de evidencia de realización de iniciativa e informe de gestión o de cierre, correspondientemente, habida consideración de la aprobación de rendiciones de cuentas presentadas en contravención a las bases y al MRC, ese servicio deberá iniciar un procedimiento disciplinario para establecer las eventuales responsabilidades administrativas de aquellos quienes participaron en tales revisiones, correspondiéndole remitir copia de la resolución que dé cuenta del comienzo de este procedimiento, en un plazo no superior de 15 días, a contar de la recepción del presente informe. En lo relativo a aquellas objeciones que se mantienen, se deberán adoptar medidas con el objeto de dar estricto cumplimiento a las normas legales y reglamentarias que las rigen, entre las cuales se estima necesario considerar, a lo menos, las siguientes:

  1. En cuanto a lo mencionado en el acápite I, sobre control interno, sobre deficiencias en la recuperación de los fondos por proyectos con saldos pendientes de rendición, montos que se encuentran en contravención con la regulación normativa con que cuenta ese Gobierno Regional, la entidad debe concretar oportunamente las acciones de cobranza, incluidos los procedimientos judiciales, debiendo en ese sentido, remitir a este Organismo las respectivas notificaciones de demanda para los casos que corresponda, en un plazo no mayor a 60 días hábiles contados desde la recepción del presente documento, lo que se validará en futura visita de seguimiento.

  2. En lo respectivo al acápite II, numeral 1, sobre la falta de ratificación por parte del CORE para que la...

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