INFORME FINAL 24-11 HOSPITAL SAN PABLO DE COQUIMBO AUDITORÍA A CONVENIOS, HORAS EXTRAS Y TECNOLOGÍAS DE INFORMACIÓN - JUNIO 2011 - Doctrina Administrativa - VLEX 565321198

INFORME FINAL 24-11 HOSPITAL SAN PABLO DE COQUIMBO AUDITORÍA A CONVENIOS, HORAS EXTRAS Y TECNOLOGÍAS DE INFORMACIÓN - JUNIO 2011

Fecha de Resolución20 de Junio de 2011
EmisorRegional Coquimbo
ServicioHOSPITAL SAN PABLO DE COQUIMBO
Número de informe24/2011
Tipo de informeInforme Final de Auditoría
NivelRegional

Atendidas las consideraciones expuestas durante el presente informe, los antecedentes aportados y las acciones adoptadas por el Hospital San Pablo de Coquimbo para superar las observaciones del preinforme de esta auditoría y las observaciones pendientes por resolver, se concluye que el centro hospitalario deberá: 1) Implementar controles que permitan asegurar que los turnos de neurocirugías sean efectuados en la realidad y que la información que se entrega para el pago de aquellos, sea la correcta.:

2) En cuanto a los valores mal pagados al señor Ceballos Ortiz, corresponde que esa entidad informe su recuperación dentro del plazo señalado en el oficio N° 59, de 2011, en caso de incumplimiento de dicha medida, se iniciará un juicio de cuentas para resarcir al Estado del daño económico causado por este pago indebido. Asimismo, esa entidad deberá dar inicio a un procedimiento sumarial para investigar los hechos y determinar las eventuales responsabilidades de los funcionarios involucrados en el pago indebido de honorarios al profesional Ceballos Ortiz.:

3) Resguardar adecuadamente los derechos contractuales del hospital suscribiendo debidamente los convenios derivados de las licitaciones efectuadas por esa entidad. Asimismo, deberá arbitrar las medidas pertinentes para cautelar el cumplimiento de éstos, a través de los correspondientes medios de caución. 4) Efectuar la licitación para proveer los servicios por trabajos dentales, sin más trámite. Además, deberá incoar un procedimiento sumarial para investigar los hechos y circunstancias por las cuales no se suscribieron los contratos respectivos con los proveedores de servicios dentales, la carencia de garantías, así como la omisión de la realización de procesos licitatorios oportunos al terminar la vigencia de éstos, y determinar las eventuales responsabilidades de los funcionarios involucrados. 5) Suscribir los convenios de servicios una vez que estos hayan sido adjudicados por resolución, propendiendo a la observancia de los principios de celeridad así como de juridicidad de los actos administrativos. 6) Elaborar un registro de los profesionales médicos que ejercen docencia en horarios funcionarios, de manera de controlar el cumplimiento de los turnos, y la devolución de las horas respectivas, además de lo indicado en el...

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