INFORME FINAL 24-14 CORPORACIÓN MUNICIPAL DE QUINTA NORMAL PROGRAMA DE INTEGRACIÓN ESCOLAR - JUNIO 2014 - Doctrina Administrativa - VLEX 565136510

INFORME FINAL 24-14 CORPORACIÓN MUNICIPAL DE QUINTA NORMAL PROGRAMA DE INTEGRACIÓN ESCOLAR - JUNIO 2014

Fecha de Resolución26 de Junio de 2014
EmisorMunicipalidades
ServicioCORPORACION MUNICIPAL QUINTA NORMAL
Número de informe24/2014
Tipo de informeInforme Final de Auditoría
NivelCentral

Atendida las consideraciones expuestas durante el desarrollo del presente trabajo, la Corporación Comunal de Desarrollo Quinta Normal, ha aportado antecedentes e iniciado acciones que han permitido salvar algunas de las siguientes situaciones planteadas en el Preinforme de Observaciones N° 24, de 2014. En efecto, las observaciones señaladas en capítulo II, examen de la materia auditada, numeral 1, referido a la aprobación y contenidos del Programa de Integración Escolar, respecto de la omisión en el convenio del plantel educacional Escuela Básica Platón; numeral 2, puntos 2.1, letras a) y b) relativo al convenio de integración escolar comunal; 2.3.2, sobre la carencia de antecedentes en las carpetas de cada alumno (a) beneficiarios, referidos a::

certificado de matrícula, formulario de evaluación psicopedagógica y curricular, formularios de anamnesis y de interconsulta o derivación a otro profesional, formulario único de síntesis de evaluación de ingreso, formulario único síntesis reevaluación del año siguiente, el informe a la familia, los 7 alumnos egresados que carecían del informe psicopedagógico, y 6 de los 8 alumnos retirados del programa durante el año 2013; punto 2.4, sobre Registro Nacional de Profesionales en el Ministerio de Educación; numeral 3, puntos 3.1, relativo al establecimiento educacional Escuela Básica Platón; 3.3, sobre la diferencia en el "Libro mayor por cuentas" en razón de los recursos efectivamente ingresados del programa por $ 2.066.764.-; numeral 4, punto 4.4.1, sobre profesionales contratados con cargo al programa respecto de los RUT N°S 13.436.203-0; 17.122.702-K; 3.896.498-4; 17.427.408-8; 7.897.528-8; 16.089.133-5; 12.872.488-5; 16.116.976-5; 17.029.591-9; 16.668.141-3, Y 16.804.108-K; numeral 6, validación en terreno, puntos 6.2, omisión de registro en la asistencia de alumnos (as); 6.5, letra b), sobre verificación de los logros alcanzados en los procesos de aprendizaje de los alumnos (as) integrados, se dan por subsanadas, considerando las explicaciones y antecedentes aportados por la entidad. Luego, acerca de lo mencionado en el capítulo I, aspectos de control interno, numeral 4, sobre la falta de auditorías de parte de la unidad de control de la corporación comunal, se recomienda a esa entidad, efectuar periódicamente fiscalizaciones al programa de educación de que se trata, financiado con recursos externos, para un mejor control de los mismos. Sobre el numeral 3, punto 3.2, registro y depósito, del capítulo II, examen de cuentas, se estima oportuno recomendar a la municipalidad, la conveniencia de contar con una cuenta corriente especial para la administración de los recursos del Programa de Integración Escolar, para efectos de optimizar el control por separado, de los ingresos percibidos por este concepto y su aplicación, de aquellos recursos procedentes de otras fuentes. Respecto de aquellas observaciones que se mantienen, se deberán adoptar medidas con el objeto de dar estricto cumplimiento a las normas legales y...

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