INFORME FINAL 27 - 14 DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN DE MACHALÍ PROGRAMA DE INTEGRACIÓN ESCOLAR - AGOSTO 2014 - Doctrina Administrativa - VLEX 565135538

INFORME FINAL 27 - 14 DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN DE MACHALÍ PROGRAMA DE INTEGRACIÓN ESCOLAR - AGOSTO 2014

Fecha de Resolución28 de Agosto de 2014
EmisorRegional Lib. Bernardo O'Higgins
ServicioDEPARTAMENTO DE EDUCACION MACHALI
Número de informe27/2014
SectorMunicipios y Corporaciones de la Región
Tipo de informeInforme Final de Auditoría
NivelRegional

La Municipalidad de Machalí ha aportado antecedentes que han permitido levantar la observación consignada en el acápite II, “Examen de Cuentas”, numeral 3, sobre rendición. Del mismo modo, los argumentos vertidos y las acciones arbitradas resultan suficientes para subsanar las objeciones detalladas en el acápite I, “Aspectos de Control Interno”, numeral 7, letras a), b), c) y e), referidas a documentación faltante en carpetas de profesionales, asimismo, la señalada en el numeral 8, sobre la falta de firmas en liquidaciones de sueldo. Igualmente, se dan por superadas las objeciones representadas en el acápite II, “Examen de Cuentas”, numeral 2, examen de egresos, punto 2.1.2, letras a), b), c) y d), referidas a gastos sin documentación de respaldo, y punto 2.1.3, letras a) y b), sobre gastos insuficientemente acreditados. Respecto de aquellas observaciones que se mantienen, la Municipalidad de Machalí deberá adoptar medidas con el objeto de dar estricto cumplimiento a las normas legales y reglamentarias que rigen la materia en examen, entre ellas:

  1. Sobre lo indicado en el acápite I. “Aspectos de Control Interno”, numeral 1, Inutilización de documentos, el municipio deberá concretar el procedimiento anunciado, conducente a anular los documentos mercantiles una vez cursados los respectivos pagos, lo que será verificado en futuras fiscalizaciones.

  2. En cuanto a lo anotado en el acápite I. “Aspectos de Control Interno”, numeral 2, letras a), b) y c), referidas al inventario físico de bienes, la municipalidad deberá actualizar el inventario, a fin de que todos los bienes cuenten con placa identificatoria y cada dependencia con una hoja mural con el detalle de los mismos, ello en el plazo comprometido, dando cuenta de su materialización a esta Contraloría Regional en el término de 60 días hábiles contados desde la recepción de este informe, sin perjuicio de su verificación en una posterior acción de seguimiento.

  3. En relación con lo representado en el acápite I. “Aspectos de Control Interno”, numeral 3, Plan anual de compras, el municipio deberá implementar un plan anual de compras detallado para los establecimientos educacionales adscritos al Programa de Integración Escolar, materia que será objeto de control en futuras auditorías.

  4. Acerca de lo advertido en el acápite I. “Aspectos de Control Interno”, numeral 4, ausencia de auditorías practicadas al Programa de Integración Escolar, en lo sucesivo, procede que la Unidad de Control municipal considere dentro de su planificación anual auditorías a los programas de transferencias como el examinado, atendida su relevancia y el resultado de la presente auditoría, cuya concreción será vista en próximas fiscalizaciones.

  5. Respecto de lo reprochado en el acápite I. “Aspectos de Control Interno”, numeral 5, Conciliaciones bancarias, letra a), en adelante esa entidad deberá...

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