INFORME FINAL 27-14 DAEM MUNICIPALIDAD DE LOTA PROGRAMA DE INTEGRACIÓN ESCOLAR - AGOSTO 2014 - Doctrina Administrativa - VLEX 565135658

INFORME FINAL 27-14 DAEM MUNICIPALIDAD DE LOTA PROGRAMA DE INTEGRACIÓN ESCOLAR - AGOSTO 2014

Fecha de Resolución29 de Agosto de 2014
EmisorRegional Bío-Bío
ServicioDEPARTAMENTO DE ADMINISTRACION DE EDUCACION MUNICIPAL DE LOTA
Número de informe27/2014
SectorMunicipios y Corporaciones de la Región
Tipo de informeInforme Final de Auditoría
NivelRegional

Atendidas las consideraciones expuestas durante el desarrollo del presente trabajo, el municipio ha aportado antecedentes e iniciado acciones que han permitido salvar parte de las situaciones planteadas en el Preinforme de Observaciones N° 27, de 2014. Respecto de aquellas observaciones que se mantienen, se deberán adoptar las medidas a fin de dar cumplimiento a las normas legales y reglamentarias que las rigen, entre las cuales se estima necesario señalar las siguientes:

  1. En cuanto a la falta de un registro analítico a nivel de la cuenta de BancoEstado u otra que permita conocer tanto los recursos percibidos como los gastados y el respectivo saldo o disponibilidad de recursos PIE, el municipio deberá implementar un sistema de control administrativo contable, sea manual o computacional, que posibilite efectuar un adecuado manejo de los recursos del programa, debiendo remitir un informe validado por la dirección de control, junto a los antecedentes que acrediten la implementación de lo solicitado a este Órgano Fiscalizador.

  2. En relación al registro pormenorizado de las reliquidaciones por código de enseñanza, el municipio deberá adoptar las medidas necesarias para contar en forma oportuna con el detalle de dichos valores, ya sea solicitando los antecedentes al MINEDUC u obteniéndolos de las diferencias que se presentan entre las liquidaciones de subvención y las órdenes de pago por cada establecimiento, antecedentes que mensualmente están a disposición del DAEM en la página web www.comunidadescolar.cl, esto sin perjuicio de efectuar el cálculo de las reliquidaciones de los establecimientos adscritos al PIE durante el año 2013, el cual una vez realizado tendrá que ser validado por la directora de control y remitido a esta Entidad Fiscalizadora junto a los antecedentes que así lo acrediten.

  3. Respecto de la falta de un control detallado con los conceptos imputados como gastos en remuneraciones con cargo al PIE, el DAEM deberá instruir al área de personal para que implemente un sistema de control administrativo contable, que dé cuenta del detalle de los estipendios pagados a los profesionales contratados con cargo al PIE, conforme a lo dispuesto en el oficio N° 50, de 2014, de la Superintendencia de Educación. Lo anterior, sin perjuicio que la unidad de personal comunique al área de finanzas sobre los gastos en remuneración incurridos durante el año 2013, conforme al oficio antes citado, para que esta última dependencia efectúe las modificaciones que correspondan en las rendiciones de cuenta subidas a la plataforma www.supereduc.cl, debiendo remitir a esta Entidad Fiscalizadora un informe validado por la dirección de control con los ajustes que correspondan.

  4. En cuanto a la utilización de dos sistemas computacionales para el manejo contable en el DAEM, la autoridad comunal deberá impartir instrucciones con la finalidad que se adopte un solo sistema para el registro y ejecución presupuestaria-contable del departamento, debiendo remitir copia de ello a este Órgano de Control.

  5. Referido a los decretos alcaldicios Nos 136 y 516, de 2013, que designaban funcionarios a contrata con cargo al PIE, los cuales no fueron firmados por la autoridad edilicia, el municipio tendrá que adoptar las medidas que sean procedentes, a fin de que las contrataciones a que se refiere el informe de auditoría, sean regularizadas mediante la dictación del pertinente acto administrativo, debiendo remitir copia de lo obrado a esta Contraloría Regional.

  6. En cuanto al atraso en la elaboración de las conciliaciones bancarias de las...

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