INFORME FINAL 28-13 MUNICIPALIDAD DE VALLENAR AUDITORIA A PROGRAMAS DE ATENCIÓN PRIMARIA DE SALUD OCTUBRE-2013 - Doctrina Administrativa - VLEX 565138354

INFORME FINAL 28-13 MUNICIPALIDAD DE VALLENAR AUDITORIA A PROGRAMAS DE ATENCIÓN PRIMARIA DE SALUD OCTUBRE-2013

Fecha de Resolución29 de Octubre de 2013
EmisorRegional Atacama
ServicioDEPARTAMENTO DE SALUD DE VALLENAR
Número de informe28/2013
SectorMunicipios y Corporaciones de la Región
Tipo de informeInforme Final de Auditoría
NivelRegional

Considerando la ausencia de respuesta por parte de la entidad edilicia al Preinforme de Observaciones en el plazo establecido, procede confirmar todas las observaciones formuladas en su oportunidad, según se indica a continuación:

  1. En relación a la observación contenida en el acápite I, Aspectos de Control Interno, numeral 1, Formalizaciones, punto 1.1, en cuanto a que el Departamento de Salud Municipal de Vallenar no cuenta con un manual de procedimiento para la selección y priorización de pacientes del programa odontológico integral, resulta necesario que la entidad implemente dicho instructivo para asegurar la eficaz implementación del programa en análisis, lo que será validado en una próxima fiscalización sobre la materia.:

  2. En cuanto a la observación planteada en el acápite 1, Aspectos de Control Interno, numeral 1, Formalizaciones, punto 1.2, relacionada con que la Unidad de Control no ha realizado auditorías internas a los programas en revisión, corresponde que la autoridad edilicia implemente las medidas o procedimientos destinados a subsanar las debilidades detectadas, instruyendo formalmente al Encargado de la Función de Control Interno en orden a ampliar su cobertura de fiscalización a los servicios traspasados, materia que se incluirá en una futura visita inspectiva.:

  3. Sobre las observaciones planteadas en el acápite I, Aspectos de Control Interno, numeral 1, Formalizaciones, puntos 1.3, y 1.4, respecto a que las bases del proceso licitatorio no han sido aprobadas a través de un acto administrativo y al hecho que no se encuentra adjunto en el portal Web de mercado público el decreto alcaldicio respectivo que adjudica la licitación pertinente, como tampoco el texto del contrato de prestación de servicios y decreto aprobatorio, se deben implementar las medidas administrativas tendientes a subsanar la debilidad detectada, dando cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 3° de la ley N° 19.880, 10 de la ley N° 19.886, y artículo 57, letra b), N° 5, del decreto N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, lo que será verificado en una futura fiscalización por parte de esta Contraloría Regional.

  4. En lo que dice relación con la observación del acápite II, Examen de Cuentas, 1, Programa de Atención Domiciliaria a Personas con Dependencia Severa, numeral 1.1. Recepción y/o entrega de transferencias - Ingresos, punto 1.1.1, sobre la contabilización errónea fuera del presupuesto de los ingresos recibidos por concepto del programa...

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