INFORME FINAL 28-2012 SERVICIO DE VIVIENDA Y URBANIZACION SOBRE AUDITORIA AL PROGRAMA FONDO SOLIDARIO DE VIVIENDA-DICIEMBRE 2014 - Doctrina Administrativa - VLEX 562366670

INFORME FINAL 28-2012 SERVICIO DE VIVIENDA Y URBANIZACION SOBRE AUDITORIA AL PROGRAMA FONDO SOLIDARIO DE VIVIENDA-DICIEMBRE 2014

Fecha de Resolución 2 de Diciembre de 2014
EmisorRegional Antofagasta
ServicioSERVICIO DE VIVIENDA Y URBANIZACION ANTOFAGASTA
Número de informe28/2012
SectorServicios Regionales
Tipo de informeInforme Final de Auditoría
NivelRegional

El Servicio de Vivienda y Urbanización de Antofagasta aportó nuevos antecedentes que han permitido dar por subsanadas las observaciones singularizadas en los numerales 2 y 3, ambas del título II, del acápite “Examen de la materia auditada” del presente informe, sobre los profesionales que no presentaron en su oportunidad la copia legalizada de sus títulos, y a las actividades del Plan de Habilitación Social no realizadas, respectivamente. Asimismo, se dan por superadas las objeciones detalladas en los numerales 1.3.3, 1.3.4, 1.3.6 y 1.3.7, todas de la letra B, del ítem 1, del título IV, del acápite “Examen de la materia auditada”, referidas a las perforaciones de los bloques de hormigón, juntas de mortero de pega, enchufes en muros medianeros, y maderas en contacto con hormigón sin la aislación necesaria, según corresponda.:

En el mismo título, se dan por subsanadas las inobservancias anotadas en los acápites 2.1, letra A, en lo tocante a la materialización de la venta del terreno, e ítems 2.1.1, y 2.2.1, ambas del literal B, atingente al diseño de rampas para minusválidos, y a la construcción del muro medianero, todas del acápite “Examen de la materia auditada”. Por su parte, en el literal B, del punto 3, del precitado título IV, se dan por subsanadas las observaciones consignadas en los numerales 3.2.3, 3.2.4 y 3.2.5, referidas a las pasadas de agua potable y alcantarillado, a la ventilación de la red interior de alcantarillado y a la ausencia de los sellos de las uniones de las ventanas con el muro, respectivamente. Finalmente se levanta la observación contenida en el numeral 5.1, del título II, del acápite “Examen de la materia auditada” en lo que atañe al contrato de inspección técnica de obras. No obstante lo anterior, se mantienen gran parte de las situaciones observadas, respecto de las cuales la entidad fiscalizada deberá adoptar las medidas pertinentes que contemplen, las que serán verificadas en futuras auditorías que se practiquen sobre la materia::

  1. Adoptar las medidas necesarias a fin de dar correcto archivo a los antecedentes del proyecto y que las autorizaciones de los estados de pago cuenten con las visaciones necesarias, todo lo anterior de acuerdo a las providencias indicadas en las observaciones números 1 y 2, título I, ambas del acápite “Aspectos de Control Interno”, del presente informe.

  2. Ajustarse al procedimiento previsto en el artículo 42 bis del citado decreto N°174, de 2005, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, en orden a enviar a la EGIS la carta certificada en que se le informa la selección de los proyectos, conforme a la observación anotada en el capítulo 4, del título II, observaciones generales de carácter administrativo y financiero, del acápite “Examen de la materia auditada”.

  3. Exigir en futuros proyectos la declaración jurada con la nómina de proyectos vigentes de la inspección técnica al momento de la licitación a fin de...

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