INFORME FINAL 30-13 HOSPITAL HERMINDA MARTIN CUMPLIMIENTO DE LAS GARANTIAS EXPLICITAS DE SALUD - AGOSTO 2013
Fecha de Resolución | 26 de Agosto de 2013 |
Emisor | Regional Bío-Bío |
Servicio | HOSPITAL CLINICO HERMINDA MARTIN DE CHILLAN |
Número de informe | 30/2013 |
Sector | Servicios Regionales |
Tipo de informe | Informe Final de Auditoría |
Nivel | Regional |
Atendidas las consideraciones expuestas durante el desarrollo del presente trabajo, el Hospital Clínico Herminda Martín de Chillán, HCHM, ha aportado antecedentes e iniciado acciones que han permitido salvar parte de las situaciones planteadas en el Preinforme de Observaciones N° 30, de 2013. Respecto de aquellas observaciones que se mantienen, se deberán adoptar medidas con el objeto de dar estricto cumplimiento a las normas legales y reglamentarias que las rigen, entre las cuales se estima necesario señalar las siguientes:
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En relación a la omisión de registros de citaciones en el SIGGES, y el registro desfasado de algunas prestaciones, el HCHM deberá instruir formalmente al personal administrativo sobre el registro oportuno de la información de los pacientes, cuyo cumplimiento deberá ser validado por el auditor interno, quien emitirá un informe, el cual se mantendrá a disposición de esta Contraloría Regional para ser revisado en una futura revisión.
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En cuanto a las garantías incluidas en la muestra, que se mantienen exceptuadas a la fecha de la fiscalización, el auditor interno del HCHM deberá validar la regularización de los casos indicados, remitiendo a esta Contraloría Regional los antecedentes que así lo acrediten.
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Respecto de la garantía de oportunidad retrasada correspondiente a la patología infarto agudo al miocardio, el hospital deberá, en lo sucesivo, dar estricto cumplimiento a lo establecido en el decreto N° 1 ya citado, lo cual será verificado por este Organismo de Control en una futura auditoría.:
Sin perjuicio de lo anterior, el director del hospital deberá instruir un sumario administrativo con el fin de determinar las eventuales responsabilidades administrativas de los funcionarios involucrados que no dieron cumplimiento a la garantía de oportunidad señalada, debiendo remitir a esta Contraloría Regional, copia del acto administrativo que así lo ordene, en un plazo que no exceda del 9 de septiembre de 2013.
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Sobre casos erróneamente exceptuados y/o cerrados, el HCHM deberá, en lo sucesivo, dar cumplimiento a lo establecido en el oficio reservado C2/N° 01, ya citado, debiendo el auditor interno del establecimiento verificar su cumplimiento, emitiendo un informe sobre la materia, el cual deberá mantenerse a disposición de esta Contraloría Regional para ser validado en futuras auditorías.
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Referido a pacientes con garantías exceptuadas que no han recibido la prestación, el auditor interno del HCHM deberá validar la...
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