INFORME FINAL 32 - 14 MUNICIPALIDAD DE LICANTEN MACROPROCESOS DE INGRESOS PROPIOS Y AMBIENTE CONTROL INTERNO - MARZO 2015 - Doctrina Administrativa - VLEX 562166066

INFORME FINAL 32 - 14 MUNICIPALIDAD DE LICANTEN MACROPROCESOS DE INGRESOS PROPIOS Y AMBIENTE CONTROL INTERNO - MARZO 2015

Fecha de Resolución 3 de Marzo de 2015
EmisorRegional Maule
ServicioMUNICIPALIDAD DE LICANTEN
Número de informe32/2014
SectorMunicipios y Corporaciones de la Región
Tipo de informeInforme Final de Auditoría
NivelRegional

Atendidas las consideraciones expuestas durante el desarrollo del presente trabajo, la Municipalidad de Licantén, ha aportado antecedentes e iniciado acciones que han permitido salvar algunas de las situaciones planteadas en el preinforme de observaciones N° 32, de 2014. En efecto, las observaciones contenidas en el capítulo I Aspectos de Control Interno, numerales 2 letra d) sobre conciliaciones bancarias y 5 referente a procedimientos disciplinarios; lo objetado en el acápite II Examen de Cuentas, punto 1 letra e) sobre registro en tesorería del permiso de circulación folio 113331; punto 3 letra c) sobre la cuenta contable N° 221-07 del Fondo Común Municipal y; lo observado en el capítulo III números 4 referente a pagos de permisos de circulación anterior en una comuna distinta y 10 letra b), sobre cajas diarias de tesorería, se dan por subsanadas considerando las explicaciones y antecedentes aportados por la entidad. Respecto de aquellas observaciones que se mantienen, se deberán adoptar medidas con el objeto de dar estricto cumplimiento a las normas legales y reglamentarias que las rigen, entre las cuales se estima necesario considerar, a lo menos, las siguientes:

  1. En relación con el punto 2 letra a) del capítulo I, sobre conciliaciones bancarias, el municipio deberá acreditar que dicha herramienta de control sea elaborada por la Directora de Administración y Finanzas y revisadas por el Director de Control Interno y que, en señal de aceptación, estas sean firmadas por el Tesorero Municipal y por los funcionarios individualizados precedentemente, situación que será verificada en futuras auditorías.

  2. Sobre las letras b) y c) del mismo numeral, el alcalde deberá comprobar la regularización del cheque N° 193000 por un monto de $284.280 y aclarar los ajustes realizados a la conciliación bancaria del mes de junio de 2014, proporcionando los antecedentes sustentatorios pertinentes, hechos que serán verificados en la etapa de seguimiento del presente informe.

  3. Respecto de lo objetado en el numeral 3 letra a) del acápite I, referente a procedimientos y métodos, la autoridad comunal tendrá que demostrar la implementación del libro de tesorería y del registro que detalla el efectivo, vale vista y cheques, aspecto que será corroborado el seguimiento del informe.

  4. Referente a las letras b) y c), del numeral precitado la entidad edilicia deberá acreditar la instrucción efectuada al Director de Control Interno, para que, en lo sucesivo, se efectúe arqueos de valores y documentos de forma periódica y concretar la confección y aplicación de un manual de procedimientos para mejorar los procesos de recaudación, registros y control del proceso de ingresos de la Tesorería Municipal, por parte de la Dirección de Administración y Finanzas conjuntamente con Control Interno, lo que se verificará en futuras fiscalizaciones.

  5. Al tenor de lo observado en el número 6 respecto a los procesos de calificación, la municipalidad deberá demostrar documentadamente el término de ambos procesos calificatorios 2011-2012 y 2012-2013, hecho que será ratificado en la fase de seguimiento.

  6. En virtud del alcance formulado en el numeral 7 letras a) y b) del capítulo I, referente a la mantención de archivo de permisos de circulación, la autoridad comunal deberá: - Comprobar que la encargada de la unidad de permisos de circulación adoptará las acciones y controles administrativos sobre los folios a su cargo, contribuirá a mejorar los métodos y procedimientos mediante la actualización del manual de procedimientos y se limitará el acceso a la citada unidad a una sola persona.:

    - Acreditar la existencia de un...

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