INFORME FINAL 32-14 CORPORACION DE EDUCACION DE QUEILEN PROGRAMA DE INTEGRACION ESCOLAR - SEPTIEMBRE 2014
Fecha de Resolución | 2 de Septiembre de 2014 |
Emisor | Regional Los Lagos |
Servicio | CORPORACION MUNICIPAL DE QUEILEN |
Número de informe | 32/2014 |
Sector | Municipios y Corporaciones de la Región |
Tipo de informe | Informe Final de Auditoría |
Nivel | Regional |
Atendidas las consideraciones expuestas durante el desarrollo del presente trabajo, la Corporación Municipal de Educación, Salud y Atención al Menor de Queilen, ha aportado antecedentes e iniciado acciones que han permitido salvar parte de las situaciones planteadas en el preinforme de observaciones N° 32, de 2014, de este origen. En efecto, procede dar por subsanadas las observaciones señaladas en el capítulo II, examen de la materia auditada, en su numeral 2.1, convenio de integración escolar, letra c), y obligaciones de la Secretaría Regional Ministerial de Educación; numeral 2.4, registro nacional de profesionales en el Ministerio de Educación; numeral 2.5, antecedentes de los profesionales contratados, letra a), respecto de y letra b), numeral 4.2, gastos sin documentación de respaldo, referente al comprobante de egreso N° 3535, que fue emitido con fecha anterior a la emisión de la factura; numeral 4.6, gastos duplicados, letra b), 6.3, materiales fungibles y didácticos para los alumnos con necesidades educativas especiales Respecto a aquellas observaciones que se mantienen, se deberán adoptar medidas correctivas con el objeto de dar cumplimiento a las normas legales y reglamentarias que las rigen, entre las cuales se estima necesario considerar, a lo menos lo siguiente:
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Sobre lo indicado en el capítulo I, aspectos de control interno, numerales 2, manual de funciones; 3, comprobantes de egresos; 4, reglamento interno; 5, organigrama y 6, unidad de control interno municipal, corresponde que esa corporación municipal, arbitre las medidas tendientes a su solución, incluida la necesidad de incorporar auditorías a los recursos traspasados desde el Ministerio de Educación, todo lo cual será verificado en una futura fiscalización. Acerca del mismo capítulo I, numeral 7, pólizas de fianza, la Corporación Municipal de Queilen deberá efectuar la tramitación de la caución respectiva de la directora subrogante de la escuela Chilhué, , debiendo acreditar su ingreso a esta Entidad de Control, en un plazo de 60 días hábiles, lo que será verificado en la etapa de seguimiento.
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Respecto al capítulo II examen de la materia auditada, numeral 2.1, convenio de integración escolar comunal, letras a), y b), y numeral 5.2, Informe Técnico de Evaluación Anual, letra b), esa corporación municipal deberá arbitrar las acciones correctivas destinadas a dar cabal cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 92, del decreto N° 170, de 2009, de Educación, y poner a...
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