INFORME FINAL 32-14 DAEM MUNICIPALIDAD DE COBQUECURA PROGRAMA DE INTEGRACIÓN ESCOLAR - AGOSTO 2014
Fecha de Resolución | 14 de Agosto de 2014 |
Emisor | Regional Bío-Bío |
Servicio | DEPARTAMENTO DE ADMINISTRACION DE EDUCACION MUNICIPAL DE COBQUECURA |
Número de informe | 32/2014 |
Sector | Municipios y Corporaciones de la Región |
Tipo de informe | Informe Final de Auditoría |
Nivel | Regional |
Atendidas las consideraciones expuestas durante el desarrollo del presente trabajo, el municipio ha aportado antecedentes e iniciado acciones que han permitido salvar parte de las situaciones planteadas en el Preinforme de Observaciones N° 32, de 2014. Respecto de aquellas observaciones que se mantienen, se deberá adoptar las medidas pertinentes a fin de dar cumplimiento a las normas legales y reglamentarias que las rigen, entre las cuales se estima necesario señalar las siguientes:
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En relación a los inventarios, corresponde que se incorporen a él los bienes muebles, adquiridos por los establecimientos educacionales examinados y que no figuran en dicho instrumento de información, como asimismo, se proceda a asignar la codificación pertinente, con el fin de contar con una clara identificación de ellos, situación que deberá ser validada por la unidad de control municipal emitiendo como resultado de ello, un informe el que deberá ser remitido a este Organismo Contralor.
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En cuanto a las imputaciones contables presupuestarias con las cuales se clasifican las operaciones ejecutadas por el DAEM, corresponde que la autoridad comunal imparta las instrucciones pertinentes a objeto de que se implementen los procedimientos de control que correspondan, con el propósito de detectar de manera oportuna los errores en la clasificación de las transacciones. Sin perjuicio de ello, se deberá corregir los comprobantes contables Nos 886 y 61, de 2014, toda vez que con su emisión y contabilización se afectó indebidamente la información relativa a la ejecución del presupuesto del año 2014, antecedentes que tendrán que ser remitidos a este Organismo de Control.
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En lo referente al saldo remanente del PIE, utilizado para solventar gastos operacionales del DAEM, cuya situación se analiza en el numeral 2.2 y 2.3 del acápite II del presente informe, ese municipio deberá restituir el monto de $ 71.017.847 al mencionado programa, en consideración a que fueron indebidamente utilizados en fines ajenos a éste, debiendo remitir a esta Contraloría Regional copia de los comprobantes que así lo acrediten. Asimismo, esa autoridad comunal deberá ordenar la instrucción de un procedimiento disciplinario a fin de determinar las eventuales responsabilidades administrativas del o los funcionarios involucrados en los hechos descritos, remitiendo copia del acto administrativo que así lo disponga, en un plazo que no exceda del 8 de septiembre de 2014.
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En lo referente a la...
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