INFORME FINAL 33-13 MUNICIPALIDAD DE FUTALEUFU CUMPLIMIENTO NORMATIVA Y PROCEDIMIENTOS CONTABLES - FEBRERO 2014 - Doctrina Administrativa - VLEX 565170882

INFORME FINAL 33-13 MUNICIPALIDAD DE FUTALEUFU CUMPLIMIENTO NORMATIVA Y PROCEDIMIENTOS CONTABLES - FEBRERO 2014

Fecha de Resolución14 de Febrero de 2014
EmisorRegional Los Lagos
ServicioMUNICIPALIDAD DE FUTALEUFU
Número de informe33/2013
SectorMunicipios y Corporaciones de la Región
Tipo de informeInforme Final de Auditoría
NivelRegional

Atendidas las consideraciones expuestas durante el desarrollo del presente trabajo, la Municipalidad de Futaleufú ha aportado antecedentes e iniciado acciones que han permitido salvar diversas situaciones planteadas en el preinforme de observaciones N° 33, de 2013. En efecto, las observaciones señaladas en los numerales 2.2 Conciliación bancaria de las cuentas corrientes N°S 84009001190 Fondos Extrapresupuestarios y 84009001866 Fondos Ordinarios, en tanto, las correspondientes a las cuentas corrientes Ws. 84009000011, 84009001637, 84009001831, 84009001840 Y 84009001874; 2.3. Separación de funciones; 5. Informes contables; 6.1. Cuentas contable 31103 "Resultado del ejercicio"; 6.3. Cuentas de bienes de uso con valor libro negativo en el área de salud, deben darse por subsanadas, considerando las explicaciones y antecedentes aportados por la entidad edilicia; no obstante, procede que implementen acciones concretas tendientes a evitar su ocurrencia en el futuro, lo que será validado por este Órgano de Control en una próxima auditoría.:

Respecto de aquellas observaciones que se mantienen, se deberán adoptar medidas con el objeto de dar estrícto cumplimiento a las normas legales y reglamentarias que las rigen, entre las cuales se estima necesario considerar, a lo menos, las siguientes:

  1. En cuanto a las deficiencias mencionadas en el numeral 2.2, sobre conciliaciones bancarias, letra a), corresponde que la entidad edilicia regularice las diferencias advertidas, manteniendo a disposición de esta Contraloría Regional los ajustes efectuados para su verificación posterior.

  2. Acerca de la observación dispuesta en el punto 3, cheques caducados, es necesario que el municipio efectúe los ajustes contables por los cheques girados y no cobrados, conforme lo establecido en el procedimiento K-03 del oficio CGR No 36.640, de 2007, sobre Procedimientos Contables para el Sector Municipal, situación que corresponde sea regularizada a la brevedad, remitiendo a esta Contraloría Regional, en el plazo de 30 días háblles, los documentos que acrediten los ajustes respectivos.

  3. Respecto de lo observado en el número 4, inventario de bienes muebles, es necesario que la entidad edilicia realice una revisión periódica de éstos, manteniendo un registro completo y actualizado de los bienes municipales, así como elaborar las hojas murales e identificar los bienes municipales con un código o numeración correlativa, con la finalidad de dar cumplimiento a las exigencias...

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