INFORME FINAL 33-13 MUNICIPALIDAD DE FUTALEUFU CUMPLIMIENTO NORMATIVA Y PROCEDIMIENTOS CONTABLES - FEBRERO 2014
Fecha de Resolución | 14 de Febrero de 2014 |
Emisor | Regional Los Lagos |
Servicio | MUNICIPALIDAD DE FUTALEUFU |
Número de informe | 33/2013 |
Sector | Municipios y Corporaciones de la Región |
Tipo de informe | Informe Final de Auditoría |
Nivel | Regional |
Atendidas las consideraciones expuestas durante el desarrollo del presente trabajo, la Municipalidad de Futaleufú ha aportado antecedentes e iniciado acciones que han permitido salvar diversas situaciones planteadas en el preinforme de observaciones N° 33, de 2013. En efecto, las observaciones señaladas en los numerales 2.2 Conciliación bancaria de las cuentas corrientes N°S 84009001190 Fondos Extrapresupuestarios y 84009001866 Fondos Ordinarios, en tanto, las correspondientes a las cuentas corrientes Ws. 84009000011, 84009001637, 84009001831, 84009001840 Y 84009001874; 2.3. Separación de funciones; 5. Informes contables; 6.1. Cuentas contable 31103 "Resultado del ejercicio"; 6.3. Cuentas de bienes de uso con valor libro negativo en el área de salud, deben darse por subsanadas, considerando las explicaciones y antecedentes aportados por la entidad edilicia; no obstante, procede que implementen acciones concretas tendientes a evitar su ocurrencia en el futuro, lo que será validado por este Órgano de Control en una próxima auditoría.:
Respecto de aquellas observaciones que se mantienen, se deberán adoptar medidas con el objeto de dar estrícto cumplimiento a las normas legales y reglamentarias que las rigen, entre las cuales se estima necesario considerar, a lo menos, las siguientes:
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En cuanto a las deficiencias mencionadas en el numeral 2.2, sobre conciliaciones bancarias, letra a), corresponde que la entidad edilicia regularice las diferencias advertidas, manteniendo a disposición de esta Contraloría Regional los ajustes efectuados para su verificación posterior.
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Acerca de la observación dispuesta en el punto 3, cheques caducados, es necesario que el municipio efectúe los ajustes contables por los cheques girados y no cobrados, conforme lo establecido en el procedimiento K-03 del oficio CGR No 36.640, de 2007, sobre Procedimientos Contables para el Sector Municipal, situación que corresponde sea regularizada a la brevedad, remitiendo a esta Contraloría Regional, en el plazo de 30 días háblles, los documentos que acrediten los ajustes respectivos.
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Respecto de lo observado en el número 4, inventario de bienes muebles, es necesario que la entidad edilicia realice una revisión periódica de éstos, manteniendo un registro completo y actualizado de los bienes municipales, así como elaborar las hojas murales e identificar los bienes municipales con un código o numeración correlativa, con la finalidad de dar cumplimiento a las exigencias...
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