INFORME FINAL 33-2014 DIRECCION DE EDUCACION DE LA MUNICIPALIDAD DE PADRE HURTADO PROGRAMA DE INTEGRACION ESCOLAR PIE AGOSTO 2014 - Doctrina Administrativa - VLEX 565135446

INFORME FINAL 33-2014 DIRECCION DE EDUCACION DE LA MUNICIPALIDAD DE PADRE HURTADO PROGRAMA DE INTEGRACION ESCOLAR PIE AGOSTO 2014

Fecha de Resolución26 de Agosto de 2014
EmisorMunicipalidades
ServicioDEPARTAMENTO DE EDUCACION DE PADRE HURTADO 
Número de informe33/2014
Tipo de informeInforme Final de Auditoría
NivelCentral

Atendidas las consideraciones expuestas durante el desarrollo del presente trabajo, la Municipalidad de Padre Hurtado, la Secretaría Regional Ministerial de Educación de la Región Metropolitana y la Superintendencia de Educación Escolar, han aportado antecedentes e iniciado acciones que han permitido salvar algunas de las situaciones planteadas en el Preinforme de Observaciones N° 33, de 2014. En efecto, las observaciones señaladas en el capítulo I, aspectos de control interno, numerales 3, referido a la publicación del manual de procedimientos de adquisiciones y contrataciones en el sistema de información de compras públicas y 5, sobre falta de pólizas de fianza para los directores de los establecimientos educacionales; el capítulo II, numeral 3, punto 3.1.2, sobre asignación de horas mínimas semanales para apoyo del Programa de Integración Escolar; y el capítulo III, examen de la materia auditada, numeral 2, punto 2.1, respecto de las obligaciones del sostenedor, literales a), sobre la asignación del mínimo de horas cronológicas semanales para los profesores de la educación regular en la Escuela Básica República Argentina, f), sobre adecuaciones curriculares y apoyos especializados de la Escuela Básica República Argentina; y, numeral 2, sobre difusión de orientaciones técnicas, en lo que respecta a las obligaciones de la Secretaría Regional Ministerial de Educación; punto 2.3, sobre alumno RUN N° XXX que no fue postulado al programa de integración para el período 2013; 2.4, falta de inscripción de profesionales en el Registro Nacional de Profesionales del Ministerio de Educación y 2.5, letra a), sobre falta de certificado de título de 9 profesionales; numeral 3, letra b), sobre los horarios de trabajo colaborativo en la Escuela Básica República Argentina, la falta de trabajos colaborativos de los equipos de aula en la Escuela Básica La Esperanza y Liceo Paul Harris, y la inexistencia de horas dedicadas exclusivamente para la planificación conjunta de la co-enseñanza con los profesores regulares de la Escuela Básica República Argentina; numeral 4, punto 4.3, sobre asignación de horas mínimas semanales para apoyar el Programa de Integración Escolar, se dan por subsanadas, considerando las explicaciones y antecedentes aportados por las entidades. Luego, acerca de lo mencionado en el capítulo I, aspectos de control interno, numeral 4, sobre la falta de fiscalización de parte de la dirección de control municipal, se recomienda al municipio efectuar periódicamente fiscalizaciones al programa de educación de que se trata, financiado con recursos externos, para un mejor control de los mismos. Asimismo, sobre el punto 1.2, registro y depósito del capítulo II, examen de cuentas, se hace presente la conveniencia de contar con una cuenta corriente especial para la administración de los recursos del Programa de Integración Escolar, para efectos de optimizar el control por separado, de los ingresos percibidos por este concepto y su aplicación, de aquellos procedentes de otras fuentes. Respecto de aquellas observaciones que se mantienen, se deberán adoptar medidas con el objeto de dar estricto cumplimiento a las normas legales y reglamentarias que...

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