INFORME FINAL 38-14 DAEM MUNICIPALIDAD DE SAN FABIÁN PROGRAMA DE INTEGRACIÓN ESCOLAR - AGOSTO 2014 - Doctrina Administrativa - VLEX 565135222

INFORME FINAL 38-14 DAEM MUNICIPALIDAD DE SAN FABIÁN PROGRAMA DE INTEGRACIÓN ESCOLAR - AGOSTO 2014

Fecha de Resolución26 de Agosto de 2014
EmisorRegional Bío-Bío
ServicioDEPARTAMENTO DE ADMINISTRACION DE EDUCACION MUNICIPAL DE SAN FABIAN
Número de informe38/2014
SectorMunicipios y Corporaciones de la Región
Tipo de informeInforme Final de Auditoría
NivelRegional

Atendidas las consideraciones expuestas durante el desarrollo del presente trabajo, el municipio ha aportado antecedentes e iniciado acciones que han permitido salvar parte de las situaciones planteadas en el Preinforme de Observaciones N° 38, de 2014. Respecto de aquellas observaciones que se mantienen, se deberá adoptar las medidas a fin de dar cumplimiento a las normas legales y reglamentarias que las rigen, entre las cuales se estima necesario señalar las siguientes:

  1. En relación a que las conciliaciones bancarias mensuales de la cuenta corriente N° 51709049091 del BancoEstado, no se encontraban confeccionadas por el DAEM desde mayo de 2013, lo cual no permitió validar si la disponibilidad de recursos en la citada cuenta corriente cubrían o no el saldo de recursos del PIE, dicha entidad deberá ordenar la instrucción de un procedimiento disciplinario con el fin de determinar las eventuales responsabilidades administrativas del o los funcionarios involucrados en la confección y visación de las señaladas conciliaciones, remitiendo copia del acto administrativo que así lo instruye, en un plazo que no exceda del 17 de septiembre de 2014.

  2. Sobre los ingresos percibidos por este concepto que fueron contabilizados en la cuenta contable código 115-05-03-003-001, “Subvención Base”, el municipio deberá en lo sucesivo utilizar la cuenta contable código 115-05-03-003-001-016 “Subvención Integración”. Sin perjuicio de lo anterior, dicha entidad deberá implementar una cuenta analítica que proporcione información actualizada y permanente respecto de las disponibilidades financieras del PIE, lo cual deberá ser validado por el director de control.

  3. Referente a la contabilización de reliquidaciones de subvenciones realizadas por el MINEDUC ascendente a la suma de $ 11.948.772, sin que éstas hayan sido registradas en la cuenta contable código 115-05-03-003-001, por desconocimiento del detalle por código que permita identificar la fuente de financiamiento, la entidad edilicia deberá aclararla, solicitando los antecedentes al MINEDUC, debiendo remitir a este Organismo de Control, un informe detallado que clarifique los recursos recepcionados por parte del citado ministerio por concepto del PIE. Sin perjuicio de lo anterior, en lo sucesivo, el director de control deberá velar a fin de que el registro de los ingresos refleje la totalidad de los recursos PIE y su concordancia con la información mantenida por el MINEDUC sobre el particular. Los antecedentes...

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