INFORME FINAL 47-14 DIRECCIÓN GENERAL DE OBRAS PÚBLICAS SOBRE AUDITORIA RELATIVA A LOS CONTRATOS DE HONORARIOS DE PROFESIONALES Y EXPERTOS - NOVIEMBRE 2014 - Doctrina Administrativa - VLEX 563008582

INFORME FINAL 47-14 DIRECCIÓN GENERAL DE OBRAS PÚBLICAS SOBRE AUDITORIA RELATIVA A LOS CONTRATOS DE HONORARIOS DE PROFESIONALES Y EXPERTOS - NOVIEMBRE 2014

Fecha de Resolución 6 de Noviembre de 2014
EmisorAuditoría Administrativa
ServicioDIRECCION GENERAL DE OBRAS PUBLICAS
Número de informe47/2014
Tipo de informeInforme Final de Auditoría
NivelCentral

Atendidas las consideraciones expuestas durante el desarrollo del presente trabajo, la Dirección General de Obras Públicas, si bien dio respuesta a las observaciones planteadas, no aportó antecedentes que permitieran subsanar parte de las observaciones planteadas y detalladas en el preinforme de observaciones N° 47, de 2014. En virtud de lo anterior, se deberán adoptar las siguientes acciones con el objeto de dar estricto cumplimiento a las normas legales y reglamentarias que las rigen, entre las cuales se indican, a lo menos, las siguientes:

  1. - Implementar y acreditar un mecanismo de control de asistencia que asegure el debido cumplimiento de la jornada de trabajo por parte de los contratados a honorarios, a fin de verificar su registro de entrada y de salida, según lo observado en el numeral 4.2, del capítulo 1, sobre control interno.

  2. - Regularizar los casos de los prestadores a honorarios que se encuentren realizando funciones que por sus características constituyen labores habituales y permanentes de esa entidad auditada, a objeto de dar cumplimiento a lo dispuesto en el articulo 11 de la ley N° 18.834, sobre Estatuto Administrativo, decreto N° 98, de 1991, del Ministerio de Hacienda, aprobatorio del reglamento del artículo 16 del decreto ley N° 1.608, de 1976, y el artículo 50 de la ley N° 19.896, que introduce modificaciones al referido decreto ley N° 1.263, de 1975, Orgánico de Administración Financiera del Estado, de acuerdo a lo señalado en el numeral 1.1 del acápite II, sobre examen de cuentas.

  3. - Verificar que los contratados a honorarios, cuyos pagos de servicios surjan a partir de la obligación correlativa de entregar informes de desempeño mensuales, según lo pactado en los respectivos convenios, hayan emitido tales reportes al momento de enterarles el correspondiente emolumento, los cuales deben ser visados por la jefatura responsable de la supervisión, con la finalidad de comprobar el efectivo cumplimiento de las labores encomendadas, ello acorde a lo manifestado en numeral 1.2, del referido acápite II.

  4. - Ejecutar auditorías con mayor periodicidad sobre las materias de personal y de remuneraciones, específicamente en materias de honorarios, así como los seguimientos respectivos en virtud de los principios de control y eficacia consagrados en los artículos , 50 y 11, de la ley 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, y 64 letra a), de la ley N° 18.834, sobre Estatuto...

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