INFORME FINAL 49 DE 2014 SUBSECRETARÍA DE SALUD PÚBLICA AUDITORÍA A LOS GASTOS DE PUBLICIDAD Y DIFUSION - OCTUBRE 2014 - Doctrina Administrativa - VLEX 565133898

INFORME FINAL 49 DE 2014 SUBSECRETARÍA DE SALUD PÚBLICA AUDITORÍA A LOS GASTOS DE PUBLICIDAD Y DIFUSION - OCTUBRE 2014

Fecha de Resolución28 de Octubre de 2014
EmisorAuditoría Administrativa
ServicioSUBSECRETARIA DE SALUD PUBLICA
Número de informe49/2014
Tipo de informeInforme Final de Auditoría
NivelCentral

La Subsecretaria de Salud Pública no ha dado respuesta a las situaciones planteadas precedentemente, por ende, se mantienen la totalidad de las observaciones formuladas en todos sus términos. Sin perjuicio de lo anterior, deberá instruir un procedimiento disciplinario con el objeto de determinar las eventuales responsabilidades administrativas que pudieren derivarse de los hechos descritos en los numerales 1.3, 1.4 y 1.5, del acápite de Examen de Cuentas del presente informe, relacionados con la falta de investigación referida al retardo en la suscripción del contrato para la Campaña Comunicacional "Plan de Invierno 2011", ID 2239-7-LP10; la vulneración del principio de libre concurrencia al eludir la licitación ajustando las compras a proveedores cuyos productos no se encuentran en convenios marco, y la ausencia de respaldo documental de las campañas publicitarias de emisión radial y de televisión de la Región Metropolitana, debiendo remitir a este Organismo de Control, en un plazo de 15 días hábiles, copia de la resolución que ordena dicho proceso sumarial y nombra fiscal, así como el acto administrativo que lo afine, con sus antecedentes de respaldo, para ser sometido al control previo de legalidad, de acuerdo a lo establecido en el numeral 7.2.3 de la resolución N° 1.600, de 2008, de este origen, que Fija Normas sobre Exención del Tramite de Toma de Razón Respecto de las observaciones restantes, la Subsecretaria de Salud Pública, deberá adoptar, a lo menos, las siguientes medidas:

  1. Remitir a este Organismo de Control, en un plazo de 15 días hábiles, el acto administrativo que afina el proceso sumarial dispuesto mediante la resolución exenta N° 554, de 2014, de dicha subsecretaria, con sus antecedentes de respaldo, para ser sometido al control previo de legalidad, en los términos antes señalados (Acápite II, numeral 2).

  2. Cumplir con las disposiciones consignadas en los artículos , y , de la ley N° 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado, en cuanto a materializar las decisiones que adopte la autoridad del servicio, mediante un documento escrito, aprobarse a través del acto administrativo pertinente y con la debida celeridad, lo cual será verificado en una futura auditoria que se practique sobre la materia.:

    (Acápite I, numeral 1).

  3. Publicar en el portal web ChileCompra.cl el Manual de Procedimientos de Adquisiciones e incorporar, entre...

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