INFORME FINAL 53-11 MUNICIPALIDAD DE OVALLE AUDITORÍA A LOS RECURSOS LEY N° 20.248 SUBVENCIÓN ESCOLAR PREFERENCIAL - NOVIEMBRE 2011 - Doctrina Administrativa - VLEX 565326062

INFORME FINAL 53-11 MUNICIPALIDAD DE OVALLE AUDITORÍA A LOS RECURSOS LEY N° 20.248 SUBVENCIÓN ESCOLAR PREFERENCIAL - NOVIEMBRE 2011

Fecha de Resolución 4 de Noviembre de 2011
EmisorRegional Coquimbo
ServicioMUNICIPALIDAD DE OVALLE
Número de informe53/2011
Tipo de informeInforme Final de Auditoría
NivelRegional

La Municipalidad de Ovalle ha aportado antecedentes e iniciado acciones correctivas, las cuales han permitido subsanar parte de las observaciones planteadas en el Preinforme de Observaciones de esta Contraloría Regional. Sin perjuicio de lo anterior, respecto de las situaciones que se mantienen, corresponde que esa entidad edilicia adopte las medidas necesarias con el objeto de dar estricto cumplimiento a las normas legales y reglamentarias de los procesos verificados, las que deberán considerar, entre otras, las siguientes acciones: 1.-Utilizar los recursos de la Ley SEP sólo en pagar insumos, materiales o contratos de servicios que la norma permite, dando estricto cumplimiento a las restricciones que impone el citado instrumento legal. 2.-Evaluar el estado de avance de los planes de mejoramiento y de los compromisos asumidos en el "Convenio de Igualdad de Oportunidades", establecidos en virtud de la Ley SEP, determinando las brechas existentes y adoptando las acciones correctivas que corresponda, caso a caso, en particular en la escuelas muestreadas de Padre Joseph Stegmeier y Caleta.:

3.-Analizar y corregir las observaciones de los establecimientos de la comuna de Ovalle que emanaron del "Proceso de Evaluación del Cumplimiento de Compromisos y Seguimiento a la Ejecución de las Acciones 2010 del Plan de Mejoramiento Educativo", que realizó el Ministerio de Educación, con el objeto de asegurar la concreción del mejoramiento educativo planificado, tal como se indica a continuación: a.-Establecer los mecanismos de participación que debe tener la comunidad escolar en la definición de los planes de mejora de cada escuela, debiendo quedar éstos debidamente acreditados. b.-Establecer instancias de trabajo participativas formales y periódicas, de las Asesorías Técnicas Pedagógicas con los directivos y docentes de cada establecimiento educacional beneficiado con la Ley SEP, puesto que las ATE''s asumen con las escuelas una relación contractual de trabajo, es decir, es el establecimiento educacional el encargado de fijar las condiciones que los asesores externos deben cumplir. C.-Analizar las encuestas de satisfacción de los usuarios respecto de las ATE''s contratadas, que necesariamente debe acompañar a estos contratos, para que, en caso necesario, se establezcan las correcciones oportunas al servicio prestado. d.-Realizar las acciones necesarias para satisfacer de mejor forma los requerimientos de materiales de las escuelas y los tiempos de...

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