INFORME FINAL 62-14 MUNICIPALIDAD DE TIL TIL - AUDITORIA A LOS MACROPROCESOS DE FINANZAS Y ENTREGA DE BENEFICIOS A PERSONAS NATURALES - MARZO 2015 - Doctrina Administrativa - VLEX 562166078

INFORME FINAL 62-14 MUNICIPALIDAD DE TIL TIL - AUDITORIA A LOS MACROPROCESOS DE FINANZAS Y ENTREGA DE BENEFICIOS A PERSONAS NATURALES - MARZO 2015

Fecha de Resolución 4 de Marzo de 2015
EmisorMunicipalidades
ServicioMUNICIPALIDAD DE TILTIL 
Número de informe62/2014
Tipo de informeInforme Final de Auditoría
NivelCentral

Atendidas las consideraciones expuestas durante el desarrollo del presente trabajo, la Municipalidad de Til Til, ha aportado antecedentes e iniciado acciones que han permitido salvar algunas de las situaciones planteadas en el Preinforme de Observaciones N° 62, de 2014. En efecto, las observaciones señaladas en el capítulo III, examen de la materia auditada, numeral 1, punto 1.3.3, activo fijo, letra e), respecto a la inscripción en el Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Santiago de los bienes entregados en comodato a la Unidad Vecinal N° 7 Rungue, Junta de Vecinos El Progreso y a la Junta de Vecinos Los Olivos inmuebles y, la emisión de los decretos aprobatorios de los contratos de comodato de la Unidad Vecinal N° 7 Rungue, Fundación Íntegra y Corporación Municipal de Desarrollo Social de Til Til; punto 1.4, boletas de garantías no contabilizadas y, punto 1.8.3, fondos rendidos sin contabilizar; se dan por subsanadas, considerando las explicaciones y antecedentes aportados por la citada entidad comunal. Luego, en cuanto a lo mencionado en el capítulo I numeral 4, aspecto de control interno, sobre la falta de planificación y desarrollo de auditorías, se recomienda al municipio, efectuar periódicamente fiscalizaciones a los macroprocesos examinados, para un mejor control de los mismos. Respecto de aquellas observaciones que se mantienen, se deberán adoptar medidas con el objeto de dar estricto cumplimiento a las normas legales y reglamentarias que las rigen, entre las cuales se estima necesario considerar, a lo menos, las siguientes:

  1. Sobre lo planteado en el capítulo II, examen de cuentas, numeral 2, puntos 2.1.1, relacionado con la falta de formulario de recepción de bienes, de evaluación socioeconómica y ficha de atención efectuada por la Asistente Social; 2.1.3, ausencia de la factura por compra de remedios; y 2.1.5, carencia de la ficha de protección social año 2013 e informe social de evaluación de la situación socioeconómica que justifique la asistencia, esta Contraloría General formulará el reparo correspondiente por la suma total de $ 2.092.311.-, en virtud de lo prescrito en los artículos 95 y siguientes de la ley N° 10.336, Organización y Atribuciones de esta repartición. Asimismo, deberá informar el resultado del sumario administrativo incoado por decreto alcaldicio N° 1.165, de 21 de noviembre de 2014, a esta Entidad de Control, remitiendo copia a este Organismo de Control del decreto alcaldicio que afina el proceso disciplinario.

  2. En lo referente al capítulo I, aspecto de control interno, numeral 2, sobre falta de formalización del organigrama, esa autoridad comunal deberá someter dicho instrumento a conocimiento del Concejo Municipal, para luego ser formalizado, remitiendo a esta Entidad de Control copia del decreto alcaldicio que lo sanciona, lo que será verificado en una próxima visita de seguimiento que realice esta Entidad Fiscalizadora.:

  3. Respecto del numeral 3, relativo a la ausencia de manuales de procedimiento, el municipio deberá confeccionar dichos instrumentos y proceder a su formalización, lo que será verificado en futura visita de seguimiento.

  4. Acerca de la falta de publicación del manual interno de compras y adquisiciones, objetado en el mismo numeral 3, la municipalidad deberá dar cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del artículo 4°, del reglamento de la ley N° 19.886...

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