INFORME FINAL 75-14 MUNICIPALIDAD DE CERRO NAVIA - AUDITORIA AL MACROPROCESO DE ADQUISICIONES Y ABASTECIMIENTO - MARZO 2015 - Doctrina Administrativa - VLEX 562165930

INFORME FINAL 75-14 MUNICIPALIDAD DE CERRO NAVIA - AUDITORIA AL MACROPROCESO DE ADQUISICIONES Y ABASTECIMIENTO - MARZO 2015

Fecha de Resolución17 de Marzo de 2015
EmisorMunicipalidades
ServicioMUNICIPALIDAD DE CERRO NAVIA 
Número de informe75/2014
Tipo de informeInforme Final de Auditoría
NivelCentral

Atendidas las consideraciones expuestas durante el desarrollo del presente trabajo, la Municipalidad de Cerro Navia, ha aportado antecedentes e iniciado acciones que han permitido salvar algunas de las siguientes situaciones planteadas en el Preinforme de Observaciones N° 75, de 2014. En efecto las observaciones señaladas en el capítulo I, aspectos de control interno, numeral 4, acreditación de usuarios del sistema de información de compras y contrataciones públicas; capítulo III, examen de la materia auditada, puntos 1.1, literales a), b), c) y d), referido a la falta de publicación del contrato en el sistema de información de compras y contrataciones públicas, letras a), relacionado con la falta de póliza de seguro y b), sobre error en la unidad técnica del proyecto, ambas del mismo punto 1.1; 1.2, licitaciones públicas iguales o menores a 100 UTM, letra b), falta de aprobación de las bases; numeral 3, contrataciones efectuadas fuera del sistema de información de la ley N° 19.886, se dan por levantadas y/o subsanadas, considerando las explicaciones y antecedentes aportados por la entidad. Luego, acerca de lo mencionado en el capítulo I, aspectos de control interno, numeral 6, referido al incumplimiento de la planificación de las auditorías durante el período en estudio, se recomienda al municipio, efectuar fiscalizaciones internas al macroproceso en revisión, para un mejor control de las compras de bienes y servicios. Respecto de aquellas observaciones que se mantienen, se deberán adoptar medidas con el objeto de dar estricto cumplimiento a las normas legales y reglamentarias que las rigen, entre las cuales se estima necesario considerar, a lo menos, las siguientes:

  1. Sobre la observación contenida en el capítulo II, examen de cuentas, numeral 1, gastos improcedentes por viáticos pagados en exceso, esa entidad deberá requerir formalmente por medio del acto administrativo la restitución de los fondos por la suma de $ 3.470.351.-, acreditando el reintegro, a través de los respectivos comprobantes de ingreso, a esta Entidad de Control en el plazo de 60 días hábiles, vencido el cual, sin que ello ocurra, se formulará el reparo pertinente, por la suma ya citada, en virtud de lo establecido en los artículos 95 y siguientes de la ley N° 10.336.

  2. En lo que concierne al acápite III, examen de la materia auditada, numeral 1, punto 1.1, letra c), el Alcalde deberá remitir a esta Contraloría General copia del decreto que ordena la instrucción del...

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