INFORME FINAL 8-14 DAEM NACIMIENTO AUDITORIA AL PROGRAMA INTEGRACION ESCOLAR - JUNIO 2014 - Doctrina Administrativa - VLEX 565136190

INFORME FINAL 8-14 DAEM NACIMIENTO AUDITORIA AL PROGRAMA INTEGRACION ESCOLAR - JUNIO 2014

Fecha de Resolución20 de Junio de 2014
EmisorRegional Bío-Bío
ServicioDEPARTAMENTO DE ADMINISTRACION DE EDUCACION MUNICIPAL DE NACIMIENTO
Número de informe8/2014
SectorMunicipios y Corporaciones de la Región
Tipo de informeInforme Final de Auditoría
NivelRegional

Atendidas las consideraciones expuestas durante el desarrollo del presente trabajo, el municipio ha aportado antecedentes e iniciado acciones que han permitido salvar parte de las situaciones planteadas en el preinforme de observaciones N°8, de 2014. Respecto de aquellas observaciones que se mantienen, se deberán adoptar las medidas a fin de dar cumplimiento a las normas legales y reglamentarias que las rigen, entre las cuales se estima necesario señalar las siguientes:

  1. En relación a que los coordinadores PIE de cada uno de los establecimientos educacionales adscritos, no han sido designados en tal función mediante un acto administrativo, el municipio deberá remitir a esta Entidad de Control los decretos alcaldicios, mediante los cuales se materialice lo señalado.

  2. En relación a que no se ha nombrado a un funcionario encargado de los inventarios del DAEM, el municipio deberá enviar a esta Contraloría Regional una copia del decreto o resolución, mediante el cual se formalice la asignación de tal labor al señor Patricio Enríquez Salazar a partir del 1 de junio del presente año.

  3. Referente a la omisión de planchetas murales en las dependencias del DAEM, el municipio deberá proceder a la brevedad a la confección de aquellas, debiendo además remitir a esta Contraloría Regional, los antecedentes documentales y gráficos necesarios que permitan acreditar su cumplimiento.

  4. Respecto a la no existencia de un manual de procedimiento o instrucción formal que describan las principales rutinas administrativas, que se deben realizar para la contratación de personal docente, asignación de horas, contrataciones con arreglo al código del trabajo o la prestación de servicios, la entidad edilicia deberá culminar con la elaboración de éste y remitir copia a esta Contraloría Regional.

  5. En relación a las facturas pagadas y que no se encontraban inutilizadas, el municipio deberá instruir sobre la materia, debiendo mantener a disposición de esta Contraloría Regional los antecedentes, que acrediten la existencia de un procedimiento formal que regule dicho proceso.

  6. Sobre los comprobantes de ingresos, del año 2013 que no poseen como respaldo los formularios de liquidación por cada establecimiento educacional, el municipio deberá aclarar con el respectivo MINEDUC, a que fondos corresponderían dichos recursos por reliquidaciones de subvención y a cual establecimiento educacional involucra, debiendo remitir a este Organismo de Control, el resultado de dicha...

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