INFORME FINAL 8-14 DAEM NACIMIENTO AUDITORIA AL PROGRAMA INTEGRACION ESCOLAR - JUNIO 2014
Fecha de Resolución | 20 de Junio de 2014 |
Emisor | Regional Bío-Bío |
Servicio | DEPARTAMENTO DE ADMINISTRACION DE EDUCACION MUNICIPAL DE NACIMIENTO |
Número de informe | 8/2014 |
Sector | Municipios y Corporaciones de la Región |
Tipo de informe | Informe Final de Auditoría |
Nivel | Regional |
Atendidas las consideraciones expuestas durante el desarrollo del presente trabajo, el municipio ha aportado antecedentes e iniciado acciones que han permitido salvar parte de las situaciones planteadas en el preinforme de observaciones N°8, de 2014. Respecto de aquellas observaciones que se mantienen, se deberán adoptar las medidas a fin de dar cumplimiento a las normas legales y reglamentarias que las rigen, entre las cuales se estima necesario señalar las siguientes:
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En relación a que los coordinadores PIE de cada uno de los establecimientos educacionales adscritos, no han sido designados en tal función mediante un acto administrativo, el municipio deberá remitir a esta Entidad de Control los decretos alcaldicios, mediante los cuales se materialice lo señalado.
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En relación a que no se ha nombrado a un funcionario encargado de los inventarios del DAEM, el municipio deberá enviar a esta Contraloría Regional una copia del decreto o resolución, mediante el cual se formalice la asignación de tal labor al señor Patricio Enríquez Salazar a partir del 1 de junio del presente año.
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Referente a la omisión de planchetas murales en las dependencias del DAEM, el municipio deberá proceder a la brevedad a la confección de aquellas, debiendo además remitir a esta Contraloría Regional, los antecedentes documentales y gráficos necesarios que permitan acreditar su cumplimiento.
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Respecto a la no existencia de un manual de procedimiento o instrucción formal que describan las principales rutinas administrativas, que se deben realizar para la contratación de personal docente, asignación de horas, contrataciones con arreglo al código del trabajo o la prestación de servicios, la entidad edilicia deberá culminar con la elaboración de éste y remitir copia a esta Contraloría Regional.
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En relación a las facturas pagadas y que no se encontraban inutilizadas, el municipio deberá instruir sobre la materia, debiendo mantener a disposición de esta Contraloría Regional los antecedentes, que acrediten la existencia de un procedimiento formal que regule dicho proceso.
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Sobre los comprobantes de ingresos, del año 2013 que no poseen como respaldo los formularios de liquidación por cada establecimiento educacional, el municipio deberá aclarar con el respectivo MINEDUC, a que fondos corresponderían dichos recursos por reliquidaciones de subvención y a cual establecimiento educacional involucra, debiendo remitir a este Organismo de Control, el resultado de dicha...
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