INFORME FINAL 91-13 SUBSECRETARIA DE VIVIENDA Y URBANISMO AUDITORIA A LAS ADQUISICIONES DEL SUBTÍTULO 22 Y 29 - DICIEMBRE 2013
Fecha de Resolución | 26 de Diciembre de 2013 |
Emisor | Auditoría Administrativa |
Servicio | SUBSECRETARIA DE VIVIENDA Y URBANISMO |
Número de informe | 91/2013 |
Tipo de informe | Informe Final de Auditoría |
Nivel | Central |
A.- En mérito de lo expuesto y de los antecedentes aportados por la Subsecretaría de Vivienda y Urbanismo, permiten subsanar las siguientes objeciones:
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- Acápite II Sistema Contable, numeral 4, en relación a inconsistencias entre el control contable y administrativo de los bienes del activo fijo, para los 212 bienes que cuentan con número de inventario y los 724 bienes ,que pertenecen a partes y piezas.
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- Acápite III Examen de Cuentas, numeral 1.1, referido a omisión de publicación de contratos; numeral 2.1, relacionado con la fundamentación y acreditación del trato directo, numeral 2.3. letra a), acerca de la omisión de documentación de respaldo en órdenes de compras y numeral 3, que alude a gastos de representación incompleta, para la factura N° 55.628, del proveedor BBDO Publicidad S.A..:
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- Acápite III Otras Observaciones, numeral 1, sobre acceso a la información pública.:
B.- En cuanto a aquellas observaciones que se mantienen, la Subsecretaría de Vivienda y Urbanismo, deberá adoptar medidas con el objeto de dar estricto cumplimiento a las normas legales y reglamentarias que las rigen, entre las cuales se estima necesario considerar, a lo menos, las siguientes:
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Cumplir estrictamente lo estipulado en los contratos o bases de licitación, a fin de dar cumplimiento al artículo 11 de la ley N° 19.886, ya mencionada, según lo observado en el acápite aspectos de Control Interno, numeral 2, referido a omisión de boletas de garantías y en el acápite Examen de Cuentas, numeral 2.3, letra b), acerca de inconsistencias en el contrato e investigar la no aplicabilidad de las multas contenidas en el contrato suscrito con la empresa Motorman S.A.:
según lo observado en el último acápite precitado.
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Efectuar oportunamente el pago a proveedores, a fin de dar estricto cumplimiento a lo previsto en el oficio circular N° 23, de 2006, del Ministerio de Hacienda, que imparte instrucciones sobre plazo de pago a proveedores, según lo observado en el acápite I, aspectos de Control Interno, numeral 1, que alude al atraso en pago a proveedores.
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Contabilizar los gastos oportunamente, de acuerdo con lo establecido en el oficio circular N° 60.820, de 2005, de esta Contraloría General, sobre Normativa del Sistema de Contabilidad General de la Nación, respecto del principio del devengado y del período contable, en relación a lo objetado en el acápite II Sistema Contable, numeral 1.
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Utilizar el módulo de conciliaciones bancarias del Sistema de Información...
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